Resolución núm. 1313 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2022. FIJA CALENDARIO DE ADMISIÓN ESCOLAR PARA LA POSTULACIÓN DEL AÑO 2022 Y ADMISIÓN DEL AÑO 2023 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908622171

Resolución núm. 1313 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2022. FIJA CALENDARIO DE ADMISIÓN ESCOLAR PARA LA POSTULACIÓN DEL AÑO 2022 Y ADMISIÓN DEL AÑO 2023

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

FIJA CALENDARIO DE ADMISIÓN ESCOLAR PARA LA POSTULACIÓN DEL AÑO 2022 Y ADMISIÓN DEL AÑO 2023

Núm. 1.313 exenta.- Santiago, 24 de febrero de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en la Ley Nº 20.845, de Inclusión Escolar que Regula la Admisión de los y las Estudiantes, Elimina el Financiamiento Compartido y Prohíbe el Lucro en Establecimientos Educacionales que Reciben Aportes del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005; en los decretos con fuerza de ley Nº 3, de 2015, Nºs 1 y 4, de 2016, todos del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 315, de 2010, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 152, de 2016, del Ministerio de Educación; en el Ord. Nº 002, de 2022, del Coordinador Nacional de la Unidad de Reconocimiento y Admisión Escolar; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que, el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, entre sus artículos 7º bis a 7º octies, ambos inclusive, establece el proceso de admisión de los estudiantes que deben desarrollar los establecimientos educacionales que reciben subvención o aportes del Estado;

Que, según lo dispuesto en el inciso décimo tercero del artículo 7º ter, del decreto con fuerza de ley Nº 2, ya indicado, un reglamento del Ministerio de Educación establecerá el procedimiento de postulación y admisión de los estudiantes, así como la determinación de los cupos dentro del establecimiento educacional, considerando las debidas reservas para aquellos que...

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