Resolución núm. 131 EXENTA, publicada el 21 de Abril de 2020. PRIMER LLAMADO A POSTULACIÓN REGIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2020, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU CLASE REGULADAS POR EL TÍTULO II MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA PROYECTOS DE SEGURIDAD Y PROYECTOS DE HABITABILIDAD DE LA VIVIENDA, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS CON VIVIENDAS EMPLAZADAS EN SUELOS SALINOS, EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 843656879

Resolución núm. 131 EXENTA, publicada el 21 de Abril de 2020. PRIMER LLAMADO A POSTULACIÓN REGIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2020, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU CLASE REGULADAS POR EL TÍTULO II MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA PROYECTOS DE SEGURIDAD Y PROYECTOS DE HABITABILIDAD DE LA VIVIENDA, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS CON VIVIENDAS EMPLAZADAS EN SUELOS SALINOS, EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

PRIMER LLAMADO A POSTULACIÓN REGIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2020, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU CLASE REGULADAS POR EL TÍTULO II MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA PROYECTOS DE SEGURIDAD Y PROYECTOS DE HABITABILIDAD DE LA VIVIENDA, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS CON VIVIENDAS EMPLAZADAS EN SUELOS SALINOS, EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ

Núm. 131 exenta.- Iquique, 18 de marzo de 2020.

Visto:

  1. El DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) del Artículo 13.

  2. La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006.

  3. La resolución exenta N° 1.006 de fecha 6 de diciembre de 2017 que aprueba Itemizado Técnico Regional de Tarapacá para suelo salino, en el que se eximirán las exigencias del punto 1 y del punto 5.2 en su letra g.

  4. La NCh 3394 para Suelos Salinos - Requisitos Geotécnicos y de Instalaciones Sanitarias para Diseño y Ejecución de Obras;

  5. Ley N° 20.898 en donde se "Establece un Procedimiento Simplificado para la Regularización de Viviendas de Autoconstrucción", de fecha de promulgación 27 de enero de 2016 y sus modificaciones;

  6. La resolución exenta N° 768 de fecha 10 de mayo de 2016, que señala el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Técnica Evaluadora de Proyectos.

  7. La resolución N° 533 de fecha 5 de noviembre de 1997, que fija Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Social a Programa de Protección del Patrimonio Familiar, aprobado por el DS 255 (V. y U.) de 2006.

  8. El Oficio Ordinario N° 27, de fecha 8 de enero de 2020, del Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Tarapacá, donde solicita al Ministro de Vivienda y Urbanismo la autorización para la realización de un llamado regional a postulación extraordinaria para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su Título II, Mejoramiento de la Vivienda, regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, destinado a la atención de familias con viviendas emplazadas en suelos salinos, en Ra región de Tarapacá, e

  9. El oficio N° 68, de fecha 10 de marzo de 2020, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, que autoriza el llamado regional de que trata este instrumento.

  10. Las facultades que me confiere el decreto supremo N° 397/1976 (V. y U.) y el decreto supremo N° 31/2019 (V. y U.), que nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá.

  11. Lo dispuesto por la resolución N° 7 y N° 8 de 2019 de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. Lo dispuesto en la letra d) del Artículo 13 del DS 255 (V. y U.) de 2006, en cuanto a que las resoluciones que dispongan los llamados fijarán las condiciones de postulación y todas aquellas operaciones que incidan con la aplicación práctica del programa ya señalado.

    2. La importancia de entregar soluciones a familias de la comuna de Alto Hospicio y otras localidades de la Región de Tarapacá, cuyas viviendas se emplazan en suelos salinos, los cuales al entrar en contacto con el agua pierden su condición mecánica de soporte produciendo socavamiento del terreno, con consecuente desestabilización a nivel de fundaciones y asentamientos diferenciales que han producido daños en las viviendas.

    3. Que ocurrido los terremotos acaecidos los días 1 y 2 de abril del año 2014 además de las lluvias estivales y/o eventos meteorológicos del día 9 de febrero y 5 de abril de 2019, contribuyeron en el aumento de los daños en las viviendas afectadas por socavones, provocando filtraciones de las redes sanitarias domiciliarias e infiltración de aguas lluvias hacia el subsuelo.

    4. Que los daños descritos en el párrafo precedente, originaron situaciones de riesgo para las familias que habitan mayoritariamente en la comuna de Alto Hospicio, por lo cual se requiere tomar medidas que permitan mitigar el riesgo del socavamiento del terreno y la capacidad soportante del mismo, y de esta manera mejorar la calidad de vida de las familias afectadas.

    5. Que existen familias afectadas, cuyas viviendas presentan daños por socavones de manera directa, que además provocan daños a viviendas vecinas de manera indirecta, toda vez que la filtración se expande, por lo que se hace necesario actuar en una manzana o un polígono, las cuales necesitan ser intervenidas de manera urgente a objeto que el socavamiento de terreno no se extienda, y no cumplen con la totalidad de los requisitos establecidos en el DS N° 255 (V. y U.), de 2006 y sus modificaciones.

    6. Que existen viviendas construidas con anterioridad al 30 de enero de 2017 fecha de publicación en el Diario Oficial de la norma NCh 3394 Suelos Salinos - Requisitos Geotécnicos y de Instalaciones Sanitarias para Diseño y Ejecución de Obras, dicto lo siguiente:

      Resolución:

    7. - Llámase a postulación regional en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulados por el DS 255 (V. y U.) de 2006, y sus modificaciones.

      1.1. Título II Mejoramiento de la Vivienda: Podrán postular en este llamado los proyectos de Seguridad de la Vivienda y de Habitabilidad de la Vivienda que cumplan con todo lo definido en el DS 255 (V. y U.), de 2006, y que además se encuentren con las siguientes condiciones especiales.

  12. Proyecto de Seguridad de la Vivienda: Obras de carácter estructural, destinadas a reparar elementos constructivos que sean parte de la estructura de la vivienda, tales como la reparación de cimientos, pilares, vigas, cadenas, rellenos y socalzado producto de daños por socavamiento del terreno.

  13. Proyecto de Habitabilidad de la Vivienda: Obras de instalaciones destinadas a construir y poner en servicio las redes e instalaciones domiciliarias sanitarias (agua potable y/o alcantarillado) según el Itemizado Técnico Regional para suelo salino vigente en la Región de Tarapacá y NCh 3394 para Suelos Salinos.

    Los proyectos que incorporen las partidas de mantención destinadas a reparar y/o mejorar las terminaciones interiores y exteriores de la vivienda, tales como revestimientos interiores o exteriores, reposición de estucos, ventanas, puertas, molduras, pavimentos, pintura y barnices, cierros y cierros perimetrales, entre otros, no serán parte de los tipos de...

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