Resolucion núm. 131, el 10 de Febrero de 2005. MODIFICA RESOLUCIONES Nº 18, DE 1981, Y Nº 39, DE 1982,;Y DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISION;ADMINISTRATIVA Y EN LOS SECRETARIOS REGIONALES;MINISTERIALES - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917903020

Resolucion núm. 131, el 10 de Febrero de 2005. MODIFICA RESOLUCIONES Nº 18, DE 1981, Y Nº 39, DE 1982,;Y DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISION;ADMINISTRATIVA Y EN LOS SECRETARIOS REGIONALES;MINISTERIALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIONES Nº 18, DE 1981, Y Nº 39, DE 1982, Y DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISION ADMINISTRATIVA Y EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES

Núm. 131.- Santiago, 15 de diciembre de 2004.- Vistos y considerando:

Que mediante resolución Nº 18, de 21 de octubre de 1981, el Subsecretario de Bienes Nacionales delegó en las autoridades ministeriales, que en cada caso se especifica en dicho acto, determinadas facultades que le competen en su calidad de Jefe Superior del Servicio;

Que la señalada resolución fue complementada por las resoluciones Nºs 41, de 7 de junio de 1994, y 137, de 31 de octubre de 1994, ambas de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, en el sentido que se delegó en el Jefe del Departamento Administrativo la facultad tanto para suscribir contratos o convenios con otras entidades, sean éstas públicas o privadas, como para adquirir bienes muebles, equipos y servicios hasta 30 UTM, cada vez, respectivamente;

Que mediante resolución Nº 50, del 28 de junio de 2002, la Jefa Superior del Servicio modificó la resolución Nº 137 aludida, en términos que se autorizó al Jefe de la División Administrativa para que pueda adquirir bienes de uso y de consumo y contratar servicios externos en el Nivel Central del Ministerio de Bienes Nacionales hasta por un monto de 30 UTM cada vez.

Que, por otra parte, la Subsecretaría de Bienes Nacionales delegó en los Secretarios Regionales Ministeriales del servicio, agregando a continuación del Nº 4 de la resolución Nº 39, del 20 de diciembre de 1982, de esta misma Secretaría de Estado, la facultad tanto para adquirir bienes de uso y de consumo y contratar servicios externos que deban realizarse o ejecutarse en sus respectivos territorios jurisdiccionales hasta por un monto de 30 UTM cada vez, como para suscribir los contratos o convenios que sean pertinentes con otras entidades, sean éstas públicas o privadas.

Que al amparo de lo que disponen los artículos y 41º de la ley Nº 18.575, es necesario facultar al Jefe de la División Administrativa, en el Nivel Central, y a los Secretarios Regionales Ministeriales, en los respectivos territorios de su competencia, para que celebren los contratos a título oneroso que el Ministerio de Bienes Nacionales requiera tanto para el suministro de bienes muebles como para la prestación de los servicios que el desarrollo de sus funciones demande, de conformidad a la ley Nº 19.886 y al reglamento Nº 250, de 9 de marzo de 2004, todo ello en el...

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