Resolucion núm. 1296 EXENTA, el 03 de Diciembre de 2020. ANTEPROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OBLIGACIONES ASOCIADAS DE ACEITES LUBRICANTES - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852662884

Resolucion núm. 1296 EXENTA, el 03 de Diciembre de 2020. ANTEPROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OBLIGACIONES ASOCIADAS DE ACEITES LUBRICANTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

ANTEPROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OBLIGACIONES ASOCIADAS DE ACEITES LUBRICANTES

Por Res. exenta N° 1.296, de 24 de noviembre de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), se aprobó el Anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta pública. La misma resolución ordena publicarlo en extracto, que es del siguiente tenor:

Fundamentos: El DS N° 8/2017 del MMA establece un procedimiento para la dictación de los decretos supremos que establecen metas de recolección y valorización de residuos, el que debe comenzar con la dictación de una resolución que dé inicio al procedimiento de elaboración, para continuar con la convocatoria y conformación de un comité operativo ampliado; con la apertura de un plazo para recibir antecedentes técnicos, económicos y sociales que puedan ser relevantes para la regulación propuesta; con la elaboración de un Análisis General de Impacto Económico Social (AGIES) y con la dictación de un Anteproyecto del referido decreto, entre otras etapas.

El Anteproyecto de decreto supremo que establece metas de recolección y valorización y obligaciones asociadas de aceites lubricantes se fundamenta en los antecedentes aportados dentro del plazo destinado a tal efecto; en las opiniones recogidas en las 3 primeras sesiones del comité operativo ampliado; en los estudios señalados en la resolución exenta N° 264, de 2019, del MMA; en el resultado del AGIES, que indica que la regulación propuesta tiene un beneficio económico y social igual a 3,24 veces sus costos, y en los principios que informan la ley N° 20.920 y, especialmente, el principio "el que contamina paga", el de gradualismo, el de jerarquía en el manejo de residuos, el de libre competencia y el principio participativo.

Objeto del decreto supremo: Establecer metas de recolección y valorización de residuos de aceite lubricante y otras obligaciones asociadas, a fin de prevenir la generación de tales residuos y fomentar su valorización.

Producto prioritario regulado: Aceite lubricante, definido como aceite mineral o sintético, que cumple una función de lubricación, ya sean aceites de motores de combustión, de cajas de cambios, de turbinas, hidráulicos u otros que, cumpliendo funciones distintas, tengan una composición química similar a estos.

El Anteproyecto plantea regular tanto aquellos aceites lubricantes que son introducidos al mercado nacional por sí solos, como aquellos que ingresan al país contenidos en un...

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