Resolución núm. 1284 EXENTA, publicada el 16 de Marzo de 2021. ESTABLECE CATEGORIZACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, SEGÚN SU RIESGO DE PLAGAS Y POTENCIALES EFECTOS EN SALUD ANIMAL Y SEGÚN REQUISITOS EN SU CONDICIÓN DE ORGÁNICOS Y MEDIDAS DE CONTROL PARA LOS MISMOS EN FRONTERA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 3.589, DE 2012 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 862432723

Resolución núm. 1284 EXENTA, publicada el 16 de Marzo de 2021. ESTABLECE CATEGORIZACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, SEGÚN SU RIESGO DE PLAGAS Y POTENCIALES EFECTOS EN SALUD ANIMAL Y SEGÚN REQUISITOS EN SU CONDICIÓN DE ORGÁNICOS Y MEDIDAS DE CONTROL PARA LOS MISMOS EN FRONTERA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 3.589, DE 2012

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE CATEGORIZACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, SEGÚN SU RIESGO DE PLAGAS Y POTENCIALES EFECTOS EN SALUD ANIMAL Y SEGÚN REQUISITOS EN SU CONDICIÓN DE ORGÁNICOS Y MEDIDAS DE CONTROL PARA LOS MISMOS EN FRONTERA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 3.589, DE 2012

Núm. 1.284 exenta.- Santiago, 3 de marzo de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio; ley Nº 18.164, que introduce modificaciones a la Legislación Aduanera; la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, que establece disposiciones sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510, de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión por parte del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del SAG; el decreto Nº 4, de 2016, del Ministerio de Agricultura, que Aprueba Reglamento de Alimentos para Animales; el decreto Nº 144, de 2007, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF Nº5 y NIMF Nº32) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 6.612, de 2018, que establece nómina de ingredientes autorizados para la producción de alimentos o suplementos para animales; Nº 7.885, de 2017, que establece límites máximos de contaminantes en insumos destinados a la alimentación animal; Nº 3.173, de 2000; ley 20.089, que crea el sistema nacional de certificación de productos orgánicos; decreto Nº 3, de 2016, del Ministerio de Agricultura, que establece los requisitos de importación de productos orgánicos importados, 3.589 de 2012 y 3.815 de 2003; DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, que establece normas sobre Sanidad y Protección Animal; el decreto supremo Nº 46, de 1978, que Aprueba Reglamento para la prevención y control de la fiebre aftosa (henos, paja y pastos); el decreto supremo Nº 32, de 1996, que Aprueba Reglamento para la erradicación de la peste porcina; el decreto Nº 29, de 2012, del Ministerio de Agricultura, que Aprueba Reglamento sobre protección de los animales durante su producción industrial, su comercialización y en otros recintos de mantención de animales; la resolución Nº 1.992, de 2006, que establece nómina de aditivos autorizados para la elaboración y fabricación de alimentos y suplementos para animales; el decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech" por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, y los Acuerdos anexos que se indican.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante SAG o Servicio, está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios y zoosanitarios para la importación al país de mercancías de su competencia a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas o agentes causantes de enfermedades transfronterizas de los animales.

  2. Que, el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias o Fitosanitarias de la OMC, indica que, al evaluar los riesgos, los Miembros tendrán en cuenta, entre otros, los procesos y métodos de producción por los que pasan los productos de origen vegetal antes de su exportación.

  3. Que, existen...

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