Resolución núm. 1258 EXENTA, publicada el 26 de Agosto de 2020. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO I y II, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS QUE RESIDAN EN CITÉS DE COMUNAS DE LAS REGIONES DE VALPARAÍSO Y METROPOLITANA, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, Y MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847477334

Resolución núm. 1258 EXENTA, publicada el 26 de Agosto de 2020. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO I y II, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS QUE RESIDAN EN CITÉS DE COMUNAS DE LAS REGIONES DE VALPARAÍSO Y METROPOLITANA, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, Y MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO I y II, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS QUE RESIDAN EN CITÉS DE COMUNAS DE LAS REGIONES DE VALPARAÍSO Y METROPOLITANA, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, Y MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES

Santiago, 20 de agosto de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.258 exenta.

Visto:

  1. El DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) del artículo 13;

  2. La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006.

  3. La resolución exenta N° 671 (V. y U.), de fecha 9 de abril de 2020, que adopta medidas excepcionales de gestión que indica, y

    Considerando:

    1. La necesidad de atender los Cités que presenten un alto nivel de deterioro, emplazados en los sectores antiguos de los centros poblados de las regiones de Valparaíso y Metropolitana, como parte de la estrategia de intervención en materia de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.

    2. Que la incorporación del componente de mejoramiento habitacional y la recuperación de estos inmuebles, impacta positivamente en la imagen de los barrios antiguos e históricos y además favorece las condiciones de habitabilidad de las familias, tanto en su espacio privado como colectivo.

    3. La condición de vulnerabilidad de muchas de las familias que viven en este tipo de inmuebles.

    4. Que las intervenciones a realizar en esta tipología de vivienda configuran situaciones de extrema relevancia habitacional para este Ministerio.

    5. Los correos electrónicos de fecha 7 y 11 de agosto de 2020, del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, respectivamente, que dan cuenta de su conformidad con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente

      Resolución:

    6. Llámase a postulación en condiciones especiales a familias residentes en viviendas colectivas de la tipología de Cités, emplazadas en las regiones de Valparaíso y Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título I, letra a.1) y a.3) Proyectos de Mejoramiento del Espacio Público y en el terreno de la Copropiedad respectivamente; y Título II Mejoramiento de la Vivienda, letras b.1) y b.2) destinados a Proyectos de Seguridad de la Vivienda y Habitabilidad de la Vivienda respectivamente, del artículo 5° del DS N° 255 (V. y U.) de 2006, pudiendo los proyectos de este último Título contemplar partidas de mantención, siempre y cuando se hayan financiado primero las obras de seguridad y habitabilidad de la vivienda.

      La selección de los proyectos para este llamado se realizará el día 15 de octubre de 2020, y solo podrán postular los proyectos que cuenten con certificado de calificación a dicha fecha.

      Se excluirán de este llamado los Cités que presenten hacinamiento crítico según el índice del Ministerio de Desarrollo Social, por subarriendo, en la vivienda existente o en construcciones o subdivisiones precarias o irregulares, y los ya beneficiados en el marco del Programa de Protección del Patrimonio Familiar para la atención de Cités.

    7. Los recursos comprometidos para este Llamado Especial se detallan en el cuadro siguiente, e incluyen el monto del subsidio más la asistencia técnica respectiva, por región:

      El número de proyectos seleccionados alcanzará hasta la cantidad de subsidios susceptibles de ser financiados con los recursos disponibles, incluidos los servicios de asistencia técnica que correspondan.

      Si en la selección los recursos señalados no alcanzaren para atender la totalidad de las postulaciones, esta se efectuará considerando el orden de prelación que determine el puntaje de los postulantes, hasta enterar el total de los recursos disponibles.

      Se podrán disminuir los recursos del presente llamado o aumentarlos con cargo a los recursos asignados para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, por resolución del Ministro de Vivienda y Urbanismo, como también determinar la redistribución de ellos de acuerdo a la necesidad de cada región.

    8. El proceso del llamado comprenderá las siguientes etapas:

      3.1 Gestión de la demanda con municipios, organizaciones comunitarias y vecinos, que debe realizar la Seremi respectiva.

      3.2 Los PSAT desarrollarán los proyectos de acuerdo a los requerimientos técnicos, constructivos y patrimoniales de las viviendas de las familias a atender. Los proyectos deberán mantener el valor patrimonial de la vivienda, aun cuando este no esté resguardado por un Instrumento de Planificación Territorial o por un decreto del Consejo de Monumentos Nacionales.

      3.3 El ingreso de proyectos se realizará en el Serviu respectivo, considerando las factibilidades técnica, jurídica, social y administrativa.

      3.4 La evaluación y calificación de las actividades mencionadas, las realizará el Serviu.

    9. Exímese a los postulantes de este llamado de cumplir con los siguientes requisitos y condiciones del decreto supremo N° 255 (V. y U.) de 2006 y de la resolución N° 533 (V. y U.), de 1997:

      4.1 De acreditar un ahorro mínimo, exigido en el artículo 9°, en el artículo 16, letra f) y artículo 21, letra f).

      4.2 De lo establecido en el inciso segundo del artículo 4°, e inciso tercero del artículo 15, en relación con la obtención de beneficios anteriores del mismo tipo. En este sentido podrán participar personas beneficiadas con un subsidio de Mejoramiento de la Vivienda del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, siempre que éste no haya sido obtenido a través de alguno de los llamados en condiciones especiales para la atención de Cités.

      4.3 De poseer Ficha de Protección Social, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 16 letra b) y 21 letra d), o del instrumento de caracterización socioeconómica que la reemplace.

      4.4 De lo establecido en la letra c) del artículo 16, referido a que ni el postulante ni su cónyuge podrán ser propietarios de otra vivienda.

      4.5 De lo dispuesto en los artículos 16, letra d), y 21, letra e)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR