Resolución núm. 1254 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2023. MODIFICA RESOLUCIÓN 428 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2022, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN 428 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2022, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 26 de julio de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.254 exenta.
Vistos:
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El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
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La resolución exenta N° 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.) de 2011;
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La resolución exenta N° 428 (V. y U.), de fecha 7 de febrero de 2023, que modifica resolución exenta N° 148 (V. y U.), de 2022, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de Pequeño Condominio, Densificación Predial y Construcción en Sitio Propio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida en los casos que procede, y aprueba nómina de proyectos calificados al día 27 de diciembre de 2022, y
Considerando:
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Que, se ha detectado en forma posterior a la selección indicada en la resolución del Visto c), que a los proyectos "Comité de Adelanto la Bendición del Mañana", de la tipología Construcción en Sitio Propio, y "Comité de Vivienda Pequeño Condominio Renca", de la tipología Pequeño Condominio, no les fueron asignados los montos para atender los gastos que pudiere irrogar el traslado y/o albergue transitorio de las familias que los integran, pese a que la evaluación de los proyectos realizada en el sistema informático sí los consideraba, esto debido a que el reporte base que se usó para la selección, emitido por el sistema informático, no contempló dicho ítem.
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Los correos electrónicos de fechas 23 de junio y 11 de julio de 2023, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, ambos de Vivienda y Urbanismo, con el tenor...
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