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Resolución núm. 123 EXENTA, publicada el 23 de Noviembre de 2023. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REPRESENTANTE DE LOS MUNICIPIOS DE LA REGIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REPRESENTANTE DE LOS MUNICIPIOS DE LA REGIÓN

Núm. 123 exenta.- Iquique, 18 de abril de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; resolución Nº 24 de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que delega atribuciones a los funcionarios que indica, en sus Secretarios Regionales Ministeriales; decreto Nº 37, de fecha 15 de julio de 2022, que nombra Secretarios y Secretarias Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de las regiones que indica; en las resoluciones 6, 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República; en el acta de designación de representante de los municipios de la región para integrar el Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Tarapacá (2023-2027) y en el expediente de designación del representativo elegido.

Considerando:

Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.

Que el artículo 16 de la ley, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a quien le corresponde ejecutar las facultades y atribuciones descritas en el artículo 17 de la ley.

Que, a su vez, el artículo 18 de la ley antes mencionada, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la respectiva capital regional o en alguna capital...

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