Resolución núm. 1210 EXENTA, publicada el 21 de Septiembre de 2018. AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
Núm. 1.210 exenta.- Santiago, 5 de septiembre de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 90º, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17º del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda; en la ley N° 19.419, modificada por la ley Nº 20.105 y ley Nº 20.660, y lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República, y
Considerando:
-
Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de productos de tabaco de la marca Captain Black, en sus variantes Vanilla, Menthol, Virginia, Cherry y Bright Virginia (sobres de 42,5 gramos de tabaco picado), todas ellas comercializadas por la empresa Andes Tabacos Ltda., RUT Nº 76.306.464-6.
-
Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es favorable.
-
Que, la empresa solicitante cumple los requisitos del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que Afectan al Tabaco.
-
Que, la letra d), del artículo 17º, del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco la obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser extraídos de la aduana o de las fábricas según corresponda.
-
Que, conforme y en mérito...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba