Resolución núm. 12 EXENTA, publicada el 15 de Enero de 2021. APRUEBA NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº 1, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 855266048

Resolución núm. 12 EXENTA, publicada el 15 de Enero de 2021. APRUEBA NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº 1, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº 1, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Núm. 12 exenta.- Santiago, 11 de enero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1, 6 y 7 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005; en la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales; en la ley Nº 20.910, que Crea Quince Centros de Formación Técnica Estatales; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto Nº 262, de 2018, del Ministerio de Educación; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, conforme al artículo 19 de la ley Nº 21.091, el objeto de la Superintendencia de Educación Superior es fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan a las instituciones de educación superior en el ámbito de su competencia, así como fiscalizar que éstas destinen sus recursos a los fines que les son propios de acuerdo a la ley y sus estatutos.

  2. Que, el párrafo III de la ley Nº 21.091, regula la obligación de informar de las instituciones de educación superior, estableciendo, entre otras cosas, que éstas deben enviar a la Superintendencia información acerca de sus estados financieros; sus socios, asociados, miembros de la asamblea y de quienes ejerzan funciones directivas; los actos, convenciones y operaciones celebradas con personas relacionadas; las donaciones recibidas asociadas a exenciones tributarias; las entidades, corporaciones y fundaciones en las cuales tengan participación, y los hechos esenciales que afecten o puedan afectar significativamente su situación financiera y patrimonial.

  3. Que, el inciso segundo del artículo 64 de la ley Nº 21.091 prescribe que las instituciones de educación superior...

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