Resolución núm. 12 EXENTA, publicada el 20 de Abril de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO 'REDES DE OPORTUNIDADES DE NEGOCIO' Y APRUEBA SU REGLAMENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 633216465

Resolución núm. 12 EXENTA, publicada el 20 de Abril de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO 'REDES DE OPORTUNIDADES DE NEGOCIO' Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO "REDES DE OPORTUNIDADES DE NEGOCIO" Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Núm. 12 exenta.- Antofagasta, 8 de abril de 2016.

Visto:

  1. La resolución (A) N° 49, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que puso en ejecución el Acuerdo de Consejo N° 2.868 de 2015, crea Comités de Desarrollo Productivo Regional y aprueba texto del Reglamento del "Comités de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta".

  2. La resolución (E) N° 1.762, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que determinó como fecha de inicio de este Comité el 15 de octubre de 2015.

  3. El Acuerdo alcanzado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, en Sesión N° 6 del 31 de marzo de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Redes de Oportunidades de Negocio".

  4. La visación entregada por el VPE de Corfo para la creación del instrumento de referencia, conforme consta en correo electrónico de 15 de marzo de 2016.

  5. Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.

  6. Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  7. Las facultades que me otorga la resolución (A) N° 49, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, ya citada; la resolución (E) de Personal de Corfo N° 278, de 2015, que me designó como Directora Ejecutiva Interina del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta; y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo del Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, Sesión N° 6, celebrada el 31 de marzo de 2016, que aprobó la creación del instrumento "Redes de oportunidades de negocio".

    2. Apruébase el siguiente Reglamento para el Instrumento "Redes de oportunidades de negocio":

    REGLAMENTO

    "REDES DE OPORTUNIDADES DE NEGOCIO"

  8. OBJETO DEL INSTRUMENTO.

    Generar un espacio de encuentro de emprendedores/as, micro y pequeñas empresas de la Región, para la generación de redes de trabajo empresarial y/o encadenamientos productivos, la difusión y transferencia de información comercial y conocimientos relevantes para los participantes.

    Estas redes permiten agrupar empresarios/as y actores relevantes de manera estratégica y potenciar los beneficios de cada participante, a través de la realización de foros, encuentros empresariales o talleres, que conecten a las empresas y empresarios/as con una red de empresas similares y complementarias, o con una red de empresas y empresarios/as ya consolidados en el mercado, generando de esta forma la transferencia de conocimientos y/o vínculos comerciales.

    Los objetivos específicos del instrumento son los siguientes:

    1. Generar Encuentros Empresariales con una metodología de trabajo consistente con las características particulares del desarrollo regional, orientadas a la generación de redes de oportunidades de negocio.

    2. Proveer y coordinar los aspectos logísticos, administrativos y operacionales necesarios para asegurar la participación de empresarios y empresarias en las actividades del proyecto.

  9. PARTICIPANTES.

    Los participantes de estos proyectos son los siguientes:

    BENEFICIARIO/A EJECUTOR/A

    Es Beneficiario/a Ejecutor/a, toda persona natural o jurídica con experiencia en generar espacios de encuentro de emprendedores/as, micro y pequeñas empresas de la Región, para la generación de redes de trabajo empresarial y/o encadenamientos productivos, la difusión y transferencia de información comercial y conocimientos relevantes para los participantes, cuya función será la ejecución y gestión técnica del proyecto.

    Deberá poseer las capacidades técnicas suficientes, de acuerdo al objeto del instrumento y las características específicas del proyecto, así como contar con un giro u objeto idóneo, para lo cual se tendrá...

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