Resolución núm. 1184 EXENTA, publicada el 04 de Mayo de 2023. DECLARA COMO NO VIGENTES LAS INSCRIPCIONES QUE SEÑALA EN EL SISTEMA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS DE LA SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 930312382

Resolución núm. 1184 EXENTA, publicada el 04 de Mayo de 2023. DECLARA COMO NO VIGENTES LAS INSCRIPCIONES QUE SEÑALA EN EL SISTEMA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS DE LA SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DECLARA COMO NO VIGENTES LAS INSCRIPCIONES QUE SEÑALA EN EL SISTEMA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS DE LA SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

Núm. 1.184 exenta.- Santiago, 19 de abril de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que Establece Beses de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988, ratificada por Chile y promulgada mediante decreto Nº 543, de 1990, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el Título V de la ley Nº 20.000, que Sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y en el decreto supremo Nº 1.358, de 2006, del Ministerio del Interior, que Establece Normas que Regulan las Medidas de Control de Precursores y Sustancias Químicas Esenciales dispuestas por la ley Nº 20.000; en la resolución exenta Nº 3.791, de 26 de junio de 2015, de la Subsecretaría del Interior, que Implementa el Nuevo Sistema de Registro y Administración de Sustancias Químicas Controladas de la Subsecretaría del Interior (SIREGAD-SQC); en la resolución exenta Nº 5.912, del 26 de octubre de 2018, de la Subsecretaría del Interior, que Delega Facultades en Jefaturas que Señala; la resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta Nº 6.344, del 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría del Interior, que renueva inscripciones que indica en el Sistema de Registro y Administración de Sustancias Químicas Controladas de la Subsecretaría del Interior; y demás disposiciones pertinentes.

Considerando:

  1. Que, el Título V de la ley Nº 20.000, en su artículo 55, establece que las personas naturales o jurídicas que produzcan, fabriquen, preparen, importen o exporten precursores o sustancias químicas esenciales catalogadas por el reglamento como susceptibles de ser utilizadas para la fabricación ilícita de drogas estupefacientes o psicotrópicas, deberán inscribirse en un registro especial que la Subsecretaría del Interior creará para tal efecto. Agrega, que sólo quienes se hubieren...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR