Resolución núm. 116 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2023. RESUELVE DENUNCIA EN CONTRA DE VIÑA DOS ANDES S.A. CAUSA ROL N° 1708-163 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917216865

Resolución núm. 116 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2023. RESUELVE DENUNCIA EN CONTRA DE VIÑA DOS ANDES S.A. CAUSA ROL N° 1708-163

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

RESUELVE DENUNCIA EN CONTRA DE VIÑA DOS ANDES S.A. CAUSA ROL N° 1708-163

Núm. 116 exenta.- Concepción, 24 de enero de 2020.

Vistos:

La Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N° 18.455, que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres, y su Reglamento, contenido en el decreto N° 78, del año 1986, del Ministerio de Agricultura; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

El Acta de Denuncia y Citación N° 08-0003438, de fecha 18/05/2017, cursada en contra de Viña Dos Andes S.A., RUT N° 96.585.890-3, domiciliado en Ruta 146, Km. 15, comuna de Yumbel.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo a cargo de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.

  2. Que, las denuncias formuladas por los inspectores del Servicio o por el personal de Carabineros de Chile constituirán presunción legal de haberse cometido la infracción.

  3. Que, a fojas 1 rola Acta de Denuncia y Citación por los siguientes hechos:

  4. Verificar inconsistencias respecto la declaración de existencias realizada al SAG en enero de 2017 y lo registrado en los libros, encontrándose una diferencia de 264.288 litros.

  5. Recepcionar uva del proveedor Forestal Arauco y Portal del Sur (variedades Cinsault y Chardonnay, respectivamente) no declaradas en el catastro vitícola; y por comprar uva a centros de acopio "Viñas de Guarilihue" y "Agrícola y Transportes José Miguel Muñoz" sin tener detalle de productores ni justificar los Kg. ingresados a bodega.

  6. No registran el detalle de productores y no se encuentran justificados los kilos ingresados a bodega.

  7. Dos guías de despacho de Viña Portal del Sur no indica kilos de uva transados.

  8. Libro de vendimia informa compra de uva a Viña Portal del Sur, por cantidad mayor a lo que contabiliza las guías de despacho revisadas/presentadas por la empresa.

  9. Que, presentados sus descargos, la empresa expresa -en síntesis- que aclaran la diferencia de 264.288 litros detallando los movimientos realizados, los que justifican una diferencia de 270.000 litros; respecto a la segunda observación, aclaran que las uvas recibidas por Forestal Arauco, RUT 85.805.200-9, corresponden originalmente a Celulosa Arauco, RUT 93.458.000-1 y que actualmente se está elaborando un comodato entre Celulosa Arauco y Forestal Arauco, por esa razón las guías y ventas son de F. Arauco. Respecto las uvas vendidas por Viña Portal del Sur S.A. señala que se encuentran inscritas y catastradas por el propietario don Juan Carlos Sotomayor Salgado, quien...

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