Resolución núm. 1153 EXENTA, publicada el 10 de Marzo de 2021. APRUEBA LA ENM 1 A LA EDICIÓN 3, DE LA NORMA DAN 119 'NORMA PARA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE OPERADOR AÉREO (AOC)' - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 862127665

Resolución núm. 1153 EXENTA, publicada el 10 de Marzo de 2021. APRUEBA LA ENM 1 A LA EDICIÓN 3, DE LA NORMA DAN 119 'NORMA PARA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE OPERADOR AÉREO (AOC)'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA LA ENM 1 A LA EDICIÓN 3, DE LA NORMA DAN 119 "NORMA PARA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE OPERADOR AÉREO (AOC)"

Núm. 04/3/0964/1153/ exenta.- Santiago, 28 de octubre de 2020.

Vistos:

  1. Código Aeronáutico.

  2. Ley Nº 16.752, Orgánica de la DGAC.

  3. La resolución Nº 795 de fecha 12 agosto 2019 que aprueba la Edición 3 de la DAN 119 "Norma para Obtención de Certificado de Operador Aéreo (AOC)".

  4. Lo indicado en el PRO-ADM 02.

  5. La enmienda 44 al Anexo 6 Parte I, enmienda 37 al Anexo 6 Parte II y enmienda 23 al Anexo 6 Parte III de OACI con vigencia a partir del 5 nov. 2020.

  6. Las propuestas de enmienda publicadas para opinión con fechas 1 jun., 20 jul. y 28 septiembre 2020.

  7. El oficio Nº 05/0/1129 del 4 septiembre 2020 de Departamento Jurídico.

  8. Lo señalado por el Sub Departamento Normativa Aeronáutica-Sección Normas (LOA) en las Notas de Estudio NE (OPS) 04, 06, 07, 20, 21 y 22-2020.

    Considerando:

  9. La adopción de las enmiendas 44, 37 y 23 correspondientes al Anexo 6 Parte I, II y III de OACI.

  10. La evaluación de los comentarios recibidos a las propuestas de enmienda publicadas en la página web de la DGAC para opinión de los usuarios con fecha 1 jun, 20 jul y 28 septiembre, todas del año 2020.

  11. Lo señalado por el Departamento Jurídico en referencia a la aplicabilidad de las distintas modalidades de arrendamiento.

    Resuelvo:

    Apruébase la Enmienda 1 a la Edición 3 de la norma DAN 119 "Normas para la Operación de Aeronaves Deportivas Livianas (LSA)".

    Anótese y comuníquese.- Víctor Orlando Villalobos Collao, General de Aviación, Director General.- Fernando Bolton Poblete, Encargado Subdepartamento Normativa Aeronáutica.

    ACTUALÍZASE EN EL DIARIO OFICIAL EL SIGUIENTE SENTIDO DE LA NORMA AERONÁUTICA DAN 119 ENMIENDA 1 EDICIÓN 3 "NORMAS PARA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE OPERADOR AÉREO (AOC)"

    1. - En el Capítulo A: Definiciones

      Reemplázase la definición de AERONAVE DE EXPLOTACIÓN EXCLUSIVA por la siguiente: AERONAVE DE EXPLOTACIÓN PERMANENTE Y EXCLUSIVA. Aeronave destinada por el solicitante en forma estable, invariable y única para el desarrollo de su actividad aeronáutica habitual, ya sea que la tenga a título de propiedad, arrendamiento, arrendamiento financiero o leasing, o a cualquier otro título jurídico que faculte su uso permanente, su disponibilidad exclusiva y que transfiera la calidad de explotador.

      Agréguese la siguiente definición: APROBACIÓN ESPECÍFICA. Aprobación documentada en las especificaciones relativas a las operaciones para las operaciones de transporte aéreo comercial o en la lista de aprobaciones específicas para operaciones no comerciales.

      Reemplázase la definición de ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS OPERACIONES o ESPECIFICACIONES OPERATIVAS (EE.OO) por la siguiente:

      Es el documento propio de...

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