Resolución núm. 1144 EXENTA, publicada el 14 de Enero de 2021. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN LA VÍA QUE SE INDICA, COMUNA DE TEMUCO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 855129694

Resolución núm. 1144 EXENTA, publicada el 14 de Enero de 2021. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN LA VÍA QUE SE INDICA, COMUNA DE TEMUCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN LA VÍA QUE SE INDICA, COMUNA DE TEMUCO

Núm. 1.144 exenta.- Temuco, 30 de diciembre de 2020.

Vistos:

La ley N° 18.059; las resoluciones N°39 de 1992 y N° 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83 de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta N° 633, de fecha 22 de septiembre de 2006, de esta Secretaría Regional Ministerial; el ordinario N° 784, de fecha 25 de noviembre de 2020, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Temuco; el decreto N° 1.030, de fecha 22 de noviembre de 2019, y el decreto N° 1, de fecha 2 de enero de 2020, ambos de la Municipalidad de Temuco; el Ingreso N° 4158 de la Constructora Andes y Cía. Limitada, a esta Secretaría Regional Ministerial, con fecha 1 de diciembre de 2020; la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante el Ingreso N° 4158, de fecha 1 de diciembre de 2020, la empresa Constructora Andes y Cía. Limitada, en el marco del proyecto "Reposición Mercado Municipal de Temuco", solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados para Corte Total de calle Bulnes, entre calles Rodríguez y Portales, comuna de Temuco.

  2. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero.

  3. Que, el DFL N°1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N°107 y N°113, inciso primero, respectivamente, que:

    "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.".

    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición...

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