Resolución núm. 1086 EXENTA, publicada el 15 de Junio de 2017. EXCLUYE DEL CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2017, LAS FRECUENCIAS DE RADIODIFUSIÓN SONORA PARA LAS LOCALIDADES Y COMUNAS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 682821213

Resolución núm. 1086 EXENTA, publicada el 15 de Junio de 2017. EXCLUYE DEL CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2017, LAS FRECUENCIAS DE RADIODIFUSIÓN SONORA PARA LAS LOCALIDADES Y COMUNAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

EXCLUYE DEL CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2017, LAS FRECUENCIAS DE RADIODIFUSIÓN SONORA PARA LAS LOCALIDADES Y COMUNAS QUE INDICA

Santiago, 8 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 1.086 exenta.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;

  2. La ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. La ley N° 20.433 de 2010, que crea los servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana;

  4. El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. La resolución exenta N° 470 de 2013, y sus modificaciones, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que faculta a los Jefes de División y de Departamentos para firmar "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones" y delega las facultades que indica;

  6. La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

  7. La resolución exenta N° 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;

  8. El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2017, publicado en el Diario Oficial N° 41.757, de 15.05.2017.

    Considerando:

  9. Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 13° de la ley e inciso segundo del artículo 10° del Reglamento, se deben excluir del concurso las frecuencias que la Subsecretaría de Telecomunicaciones, por resolución técnicamente fundada, declare no estar disponibles;

  10. Que, de acuerdo a lo dispuesto en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 3° de la ley N° 20.433, publicada en el Diario Oficial N° 39.651 de 04.05.2010, las concesiones de los servicios se otorgarán dentro de un segmento especial del Espectro Radioeléctrico en la banda de Frecuencia Modulada, y

  11. Que, respecto de las concesiones a que se refiere la parte resolutiva del presente acto administrativo, incluidas en el llamado a...

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