Resolución núm. 108 EXENTA, publicada el 18 de Enero de 2023. APRUEBA PLAN DE CIERRE DE CARRERA PEDAGOGÍA EN HISTORIA Y CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD VIÑA DEL MAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA PLAN DE CIERRE DE CARRERA PEDAGOGÍA EN HISTORIA Y CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD VIÑA DEL MAR
Núm. 108 exenta.- Santiago, 11 de enero de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la Ley N° 18.575, y sus modificaciones, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.091, sobre Educación Superior; en el artículo 25 ter de la ley N° 20.129; en el decreto supremo N° 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas de instituciones de educación superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 ter de la ley N° 20.129; en la carta VA2021-09, de fecha 3 de mayo de 2021, del Vicerrector Académico de la Universidad Viña del Mar, expediente SGD 16313 de 2021; en la carta de fecha 15 de marzo de 2022, del rector de la Universidad Viña del Mar, expediente SGD 9400 de 2022; en la sesión de Directorio de la Universidad Viña del Mar, de fecha 13 de abril de 2021, acta N° 3/2021, expediente SGD 9400 de 2022; en el memorándum interno N° 06/1207, de fecha 5 de octubre de 2022, del Jefe de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la Ley N° 21.091, sobre Educación Superior, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3° de la ley N° 18.956.
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Que, el artículo 25 ter de la ley N° 20.129, dispone que: "Para efectos del cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser notificado a los estudiantes matriculados", contemplando, al menos, el contenido señalado en dicha norma. El penúltimo inciso del referido artículo precisa que "Sólo una vez aprobado el Plan de Cierre por la Subsecretaría, la institución de educación superior podrá ejecutarlo. Una vez finalizado el Plan de Cierre, la institución de educación superior deberá presentar los antecedentes al Ministerio de Educación para que éste dicte el acto administrativo correspondiente".
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Que, los procesos relativos al mencionado artículo 25 ter, se encuentran regulados en el decreto supremo N° 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que "Aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas en instituciones de educación superior, y dispone los requisitos que deben ser contemplados en dicho del Plan de Cierre".
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Que, mediante carta VA2021-09 de fecha 3 de mayo de 2021, el Vicerrector Académico de la Universidad Viña del Mar, complementada mediante carta de fecha 15 de marzo de 2022 del rector del mismo plantel, se presenta a la Subsecretaría de Educación Superior el Plan de Cierre de la carrera de Pedagogía en Historia y Ciencias...
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