Resolución núm. 106 EXENTA, publicada el 07 de Enero de 2015. FIJA Y APRUEBA PRESUPUESTO PARA FINANCIAMIENTO DEL PANEL DE EXPERTOS, ESTABLECE PRORRATA DE LAS EMPRESAS OBLIGADAS AL PAGO, DETERMINA LA CONTRIBUCIÓN A PAGAR POR DICHAS EMPRESAS Y ESTABLECE LA FORMA EN QUE SE EFECTUARÁ SU PAGO - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 551719286

Resolución núm. 106 EXENTA, publicada el 07 de Enero de 2015. FIJA Y APRUEBA PRESUPUESTO PARA FINANCIAMIENTO DEL PANEL DE EXPERTOS, ESTABLECE PRORRATA DE LAS EMPRESAS OBLIGADAS AL PAGO, DETERMINA LA CONTRIBUCIÓN A PAGAR POR DICHAS EMPRESAS Y ESTABLECE LA FORMA EN QUE SE EFECTUARÁ SU PAGO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

FIJA Y APRUEBA PRESUPUESTO PARA FINANCIAMIENTO DEL PANEL DE EXPERTOS, ESTABLECE PRORRATA DE LAS EMPRESAS OBLIGADAS AL PAGO, DETERMINA LA CONTRIBUCIÓN A PAGAR POR DICHAS EMPRESAS Y ESTABLECE LA FORMA EN QUE SE EFECTUARÁ SU PAGO

Núm. 106 exenta.- Santiago, 31 de diciembre de 2014.- Vistos: Lo señalado en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; el título VI del decreto con fuerza de ley Nº 4/20018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº1, de 1982, de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica, especialmente su artículo 212º; en el Reglamento del Panel de Expertos, aprobado por decreto supremo Nº 181, de 7 de julio de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la propuesta fundada de presupuesto anual, entregada por el Panel de Expertos, con fecha 24 de abril de 2014, para el financiamiento de sus costos de funcionamiento para el año 2015; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Energía es, de acuerdo a su Ley Orgánica, el órgano superior de colaboración del Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración del sector de energía.

  2. Que el artículo 212º del decreto con fuerza de ley Nº 4/20018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica, establece que corresponderá a la Subsecretaría de Energía coordinar y ejecutar las actividades necesarias para la administración de los gastos y para el funcionamiento del Panel de Expertos.

  3. Que de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Panel de Expertos, aprobado por decreto supremo Nº181, de 7 de julio de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, es necesario dictar, dentro del mes de diciembre de cada año, una resolución en la que se informará del presupuesto anual del funcionamiento del Panel de Expertos para el ejercicio siguiente y, además, dará cuenta de la proporción y los montos en que las empresas deben concurrir al financiamiento de los costos de funcionamiento del Panel de Expertos, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial dentro de los cinco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR