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Resolución núm. 1044, publicada el 14 de Septiembre de 2017. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA

Núm. D.G.S.A. Ordinario N° 4.100/600/1.044 Vrs.- Valparaíso, 6 de septiembre de 2017.

Visto:

Lo solicitado por mensaje de la Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval 041600 de septiembre de 2017; lo dispuesto en la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 95 del Ministerio de Hacienda, del año 2006; los artículos 2°, 3°, 5° y 9° del DFL N° 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en decreto supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004; lo dispuesto por resolución DGSA Ord. N° 4.100/600/2.241 Vrs., del 16 de diciembre de 2014, que delega facultad en la autoridad que señala; y la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas de exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. - Que, conforme se establece en las disposiciones legales citadas, el Director General de los Servicios, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes.

  2. - Que, la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la Ley.

  3. - Que, la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.

  4. - Que la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios públicos en...

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