Resolución núm. 1043 EXENTA, publicada el 21 de Septiembre de 2021. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA
Núm. 1.043 exenta.- Copiapó, 30 de agosto de 2021.
Vistos:
Artículos 115 bis y 116, de la Constitución Política de la República; las facultades contenidas en el DFL Nº 22 de 1959, artículo 26 letras e) y f), y artículos 33 y 34; decreto ley Nº 3.457 de 1980; Artículo 4º letra h) ley Nº 19.175, LOC sobre Gobierno y Administración Regional; Ord Nº 1880 de fecha 13 de julio de 2021 y Nº 1965 de fecha 22 de julio del mismo año, ambos emitidos por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales; decreto supremo (en trámite) Nº 178, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; resolución número 7 de 2019, que Establece Nuevas Normas de Exención del Trámite de Toma de Razón, de Contraloría General de la República,
Considerando:
-
- Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos Servicios Públicos.
-
- Dentro de las facultades dadas al Sr. Delegado Presidencial Regional, se encuentran las de vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.
-
- Que de acuerdo con el Ord. Nº1880 de fecha 13 de julio de 2021 citado en los vistos, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales solicitó la restitución administrativa del predio Fiscal, ubicado en calle Rancagua Nº457 (entre calles Los Carrera y O'Higgins), de la comuna de Copiapó. Las coordenadas del inmueble indicado son: Este: 367575-Norte: 6972776; Este: 367569-Norte: 6972765.
En lo medular consigna la existencia de ocupación ilegal sin identificar a los titulares, del departamento indicado.
-
- El inmueble se encuentra inscrito a fojas 251, vuelta Nº 245 del año 1923, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó.
-
- Que, los ocupantes ilegales a la fecha de esta resolución exenta, no han hecho restitución del inmueble ocupado, y, en caso de haberlas, no han retirado las mejoras levantadas en el mismo.
-
- Que, la ocupación ilegal contraviene abiertamente la legislación vigente, causando graves perjuicios a los intereses fiscales al no poder disponer el Fisco de sus propios bienes inmuebles.
-
- Que, es de imperiosa necesidad que la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba