Resolución núm. 104, publicada el 04 de Diciembre de 2021. EJECUTA ACUERDO Nº 29.170, DEL COMITÉ EJECUTIVO DE CRÉDITOS DE CORFO, ADOPTADO EN SESIÓN Nº 21, EFECTUADA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2021, QUE MODIFICA ACUERDO NÚMERO 27.977, DE 2013, QUE APROBÓ TEXTO DE LAS NORMAS DE UTILIZACIÓN DEL 'PROGRAMA LÍNEA DE CRÉDITO DE LIQUIDEZ PARA LAS IGR - C.L.' Y MODIFICA RESOLUCIÓN QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Resolución |
EJECUTA ACUERDO Nº 29.170, DEL COMITÉ EJECUTIVO DE CRÉDITOS DE CORFO, ADOPTADO EN SESIÓN Nº 21, EFECTUADA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2021, QUE MODIFICA ACUERDO NÚMERO 27.977, DE 2013, QUE APROBÓ TEXTO DE LAS NORMAS DE UTILIZACIÓN DEL "PROGRAMA LÍNEA DE CRÉDITO DE LIQUIDEZ PARA LAS IGR - C.L." Y MODIFICA RESOLUCIÓN QUE INDICA
Núm. 104.- Santiago, 9 de noviembre de 2021.
Vistos:
-
El Acuerdo del Comité Ejecutivo de Créditos, en adelante "CEC", Nº 27.977, de 2013, puesto en ejecución por la resolución (A) Nº 1, de 2014, que aprueba el texto de las Normas Operativas del Programa denominado "Línea de Crédito de Liquidez para las IGR - C.L.", en adelante "el Programa".
-
El Acuerdo Nº 29.170. de 2021, del CEC, que modifica acuerdo Nº 27.977, de 2013, del Comité Ejecutivo de Créditos.
-
Lo establecido en la ley Nº 19.880, cuyo artículo 3º inciso séptimo establece que los acuerdos de los órganos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de una resolución de la autoridad ejecutiva de la entidad correspondiente.
-
La naturaleza de órgano administrativo pluripersonal del Comité Ejecutivo de Créditos, cuya reglamentación se encuentra aprobada por resolución (A) Nº 57, de 2014, modificada por la resolución (A) Nº 51, de 2020, requiriéndose de una resolución para poner en ejecución los acuerdos adoptados por dicho Comité.
-
Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640 y el Reglamento General de la Corporación, aprobado por decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; lo señalado en la resolución (A) Nº 98, de 2015, de Corfo, que delega la facultad de ejecutar los Acuerdos del Comité Ejecutivo de Créditos en el Gerente de Inversión y Financiamiento de Corfo, y lo dispuesto en las resoluciones Nº 7 y Nº 8, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina montos para ese trámite, respectivamente.
Considerando:
La necesidad de incorporar la facultad de autorizar por parte del Comité Ejecutivo de Créditos de Corfo, la aprobación o renovación condicional de las líneas de crédito otorgadas en el marco del presente programa, a la constitución de garantías por parte de las Instituciones de Garantía Recíproca.
Resuelvo:
-
Ejecútase el Acuerdo Nº 29.170, adoptado por el Comité Ejecutivo de Créditos en la Sesión Nº 21, de fecha 8 de noviembre de 2021.
-
Modifícase la resolución afecta Nº 1, de 2014, que aprueba el texto de las Normas Operativas del Programa denominado "Línea...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba