Resolución núm. 1032 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 78 EXENTA, DE 2018, DE LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES, EN LO QUE SE INDICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 752899209

Resolución núm. 1032 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 78 EXENTA, DE 2018, DE LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES, EN LO QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 78 EXENTA, DE 2018, DE LA SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES, EN LO QUE SE INDICA

Santiago, 21 de diciembre de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.032 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 41 del DFL N° 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo N° 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba Reglamento del artículo 4° de la ley N° 20.530; la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.053, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2018; en la resolución exenta N° 78, de 2018, de la Subsecretaría de Servicios Sociales, que delega facultades en los términos que se indica; en la resolución exenta N° 469, de 2018 de la Subsecretaría de Servicios Sociales, que modifica la resolución exenta N° 78, de 2018, en lo que se indica; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

Que, la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.

Que, conforme lo establece el artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias puede ser delegado si se cumplen los requisitos que la referida norma establece.

Que, el artículo 1° de la ley N° 20.530, dispone que el Ministerio de Desarrollo Social es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente a aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

Que, en la Partida 21, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 998 del Presupuesto de la Subsecretaría de...

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