Resolución núm. 10302 EXENTA, publicada el 19 de Junio de 2020. APLICA MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA REFERIDO A AVISTAMIENTO DE FRAGATA PORTUGUESA EN PLAYA DE RAHUE, SECTOR SUR DE CUCAO, COMUNA DE CHONCHI
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
APLICA MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA REFERIDO A AVISTAMIENTO DE FRAGATA PORTUGUESA EN PLAYA DE RAHUE, SECTOR SUR DE CUCAO, COMUNA DE CHONCHI
Núm. 10.302 exenta.- Puerto Montt, 5 de mayo de 2020.
Visto:
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- Ord. Nº B32 2585 de fecha 21 de agosto de 2014, de la Subsecretaría de Salud Pública que instruye recomendaciones a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, frente a la presencia de la medusa denominada Fragata o Carabela Portuguesa (Physalia physalis) en las costas de nuestro país. 2.- Recado Interno Nº 2372 de fecha 5 de mayo de 2020 del encargado de emergencias y desastres de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud en base a lo informado por Capitanía de Puerto de Chonchi.
Considerando:
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- Que al Estado le corresponde velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten a la salud, la seguridad y el bienestar de la población. 2.- Que al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que le corresponde al Estado, de garantizar el libre e igualatorio acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y cuando corresponda, ejecutar tales acciones. 3.- Que, conforme lo dispone el artículo 9º letra b) del Código Sanitario, esta Autoridad Sanitaria tiene facultades para dictar las órdenes y medidas de carácter general, local o particular que fueren necesarias para el debido cumplimiento del Código Sanitario y sus Reglamentos, con el objeto de resguardar la salud de la población. 4.- Que esta Secretaría Regional Ministerial de Salud tiene como función dentro del ámbito de su competencia, la de ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población, de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario. 5.- Que el Ord. Nº B32 2585 de fecha 21 de agosto de 2014 de la Subsecretaría de Salud Pública, instruye recomendaciones a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, frente a la presencia de la medusa denominada Fragata o Carabela Portuguesa (Physalia physalis) en las costas de nuestro país. 6.- Que la medusa Fragata Portuguesa presenta como principal toxina denominada Glicoproteína Physaliatoxin, que tiene las características de ser citotóxico y hemolítico...
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