Resolución núm. 100 EXENTA, publicada el 29 de Junio de 2021. DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN LOS CONSERVADORES REGIONALES QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN LOS CONSERVADORES REGIONALES QUE INDICA
Núm. 100 exenta.- Santiago, 11 de junio de 2021.
Vistos:
Los artículos 3 y 41 del DFL Nº 1 del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 33 y 34 de la ley Nº 21.045 del año 2017, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; el artículo 17 del DFL Nº 5.200, de 1929; el artículo 146 del DS Nº 6.234, de 1929; las resoluciones Nºs 6 y 11, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, mediante el artículo 33 de la Ley Nº 21.045, se crea el Sistema Nacional de Archivos, administrado por el Servicio, que estará constituido por el Archivo Nacional de Chile y los archivos regionales, en su caso, y por todos aquellos archivos privados que se integren al sistema voluntariamente. El Sistema Nacional de Archivos será dirigido por el Director del Archivo Nacional, y dependerá del Servicio. En ausencia del Director, subrogará un funcionario del Archivo Nacional que tenga mayor grado y antigüedad. Al Archivo Nacional le corresponderá supervisar la aplicación de las políticas y normas administrativas y técnicas para el funcionamiento de los archivos que integren este Sistema.
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Que el artículo 34 de la ley Nº 21.045 establece que el Ministro, previa propuesta del Director del Servicio y según las disponibilidades presupuestarias, podrá disponer la creación de archivos regionales, los cuales estarán a cargo del Conservador Regional, el cual será nombrado por el Director del Archivo Nacional mediante concurso público y se relacionará de manera directa con dicha autoridad. En el ámbito de su competencia territorial, a los archivos regionales les competen las funciones señaladas en el número 2 del artículo 29.
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Que para estos efectos la Directora del Archivo Nacional, con el propósito de cumplir adecuadamente las responsabilidades institucionales propias de su cargo, y velando por la continuidad de la función pública, ha estimado conveniente delegar la facultad para expedir y firmar las copias y certificados de los documentos bajo la custodia de los Archivos Regionales en determinados funcionarios de planta.
Resuelvo:
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Delégase la facultad para expedir y firmar las copias y certificados de los documentos bajo la custodia de los Archivos Regionales en los...
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