Resolución núm. 10 EXENTA, publicada el 08 de Febrero de 2021. EJECUTA ACUERDO Nº5, ADOPTADO EN SESIÓN Nº26 DEL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS, QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO 'FORTALECIMIENTO GREMIAL Y COOPERATIVO', EN LOS ASPECTOS QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 857259233

Resolución núm. 10 EXENTA, publicada el 08 de Febrero de 2021. EJECUTA ACUERDO Nº5, ADOPTADO EN SESIÓN Nº26 DEL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS, QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO 'FORTALECIMIENTO GREMIAL Y COOPERATIVO', EN LOS ASPECTOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO Nº5, ADOPTADO EN SESIÓN Nº26 DEL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS, QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO "FORTALECIMIENTO GREMIAL Y COOPERATIVO", EN LOS ASPECTOS QUE INDICA

Núm. 10 exenta.- Valdivia, 20 de enero de 2021.

Visto:

  1. La Ley Nº6.640, que creó la Corporación de Fomento de la Producción; el DFL Nº211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas por las que se regirá Corfo; el Reglamento General de Corfo, aprobado por decreto Nº360, de 1945, del Ministerio de Economía.

  2. La resolución (A) Nº51, de fecha 7 de mayo de 2015, tomada razón por la Contraloría General de la República el día 5 de junio del mismo año, que aprobó el reglamento del Comité de Desarrollo Productivo de la Región de Los Ríos, en adelante "El Comité" o "CDPR", y sus modificaciones mediante resolución (A) Nº143, de 2015, resolución (A) Nº50, de 2017, resolución (A) Nº174, de 2018, y la resolución (A) Nº 63, de 2019, todas de Corfo.

  3. Lo dispuesto en la resolución TRA Nº 121498/1/2018, de 2018, del Comité, que aprueba contrato de trabajo y asigna la función de Director Ejecutivo del Comité a don Carlos J. Riquelme Caro, en relación con la resolución exenta RA Nº121498/2/2018, de 2018, del Comité.

  4. Lo establecido en la resolución Nº7 de 2019, y la resolución Nº16 de 2020, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.

    Considerando:

  5. El Acuerdo Nº 2.2 alcanzado por el Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos, en Sesión Nº 7, de 19 de mayo de 2016, puesto en ejecución mediante resolución (E) Nº 37, de 2016, de la Dirección Ejecutiva del Comité, que ejecutó dicho acuerdo y aprobó el reglamento del instrumento "Fortalecimiento Gremial y Cooperativo".

  6. El Acuerdo Nº 1 alcanzado por el Subcomité de Fomento y Mipyme del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos, en Sesión Nº 9, de 29 de junio 2017, que aprobó una primera modificación del instrumento recién referido, y la resolución (E) Nº 76, de 2017, del Director Ejecutivo del Comité, que ejecutó dicho Acuerdo y aprobó el nuevo texto de su reglamento.

  7. El Acuerdo Nº 1.8, alcanzado por el Consejo Directivo, en sesión Nº 25, celebrada el 2 de abril de 2020, que aprobó una segunda...

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