Resolución núm. 10 EXENTA, publicada el 20 de Abril de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO 'PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN' Y APRUEBA SU REGLAMENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 633216925

Resolución núm. 10 EXENTA, publicada el 20 de Abril de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO 'PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN' Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE ANTOFAGASTA QUE CREA INSTRUMENTO "PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN" Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Núm. 10 exenta.- Antofagasta, 8 de abril de 2016.

Visto:

  1. La resolución (A) Nº 49, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que puso en ejecución el Acuerdo de Consejo Nº 2.868 de 2015, crea Comités de Desarrollo Productivo Regional y aprueba texto del Reglamento del "Comités de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta".

  2. La resolución (E) Nº 1.762, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que determinó como fecha de inicio de este Comité el 15 de octubre de 2015.

  3. El Acuerdo alcanzado por el Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, en Sesión Nº6 del 31 de marzo de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Promoción y Canales de Comercialización".

  4. La visación entregada por el VPE de Corfo para la creación del instrumento de referencia, conforme consta en correo electrónico de 15 de marzo de 2016.

  5. Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.

  6. Lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  7. Las facultades que me otorga la resolución (A) N°49, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, ya citada; la resolución (E) de Personal Nº278, de 2015, de Corfo, que me designó como Directora Ejecutiva Interina del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta; y lo dispuesto en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo del Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta, Sesión Nº6, celebrada el 31 de marzo de 2016, que aprobó la creación del instrumento "Promoción y Canales de Comercialización".

    2. Apruébase, el siguiente Reglamento para el Instrumento "Promoción y Canales de Comercialización":

    REGLAMENTO

    "PROMOCIÓN Y CANALES DE COMERCIALIZACIÓN"

  8. OBJETO DEL INSTRUMENTO.

    Contribuir al desarrollo comercial de micro y pequeñas empresas de la región, a través de la implementación de ferias y/o eventos de exposición que apoyen la promoción, difusión y/o comercialización de sus productos o servicios.

    Los objetivos específicos del instrumento son los siguientes:

  9. Proveer el diseño, desarrollo e implementación de ferias y/o eventos de exposición en la Región.

  10. Preparación y acompañamiento de las micro y pequeñas empresas participantes de las ferias o eventos de exposición.

  11. Proveer y coordinar los aspectos logísticos, administrativos y operacionales necesarios para asegurar la participación de empresas en ferias y/o eventos de exposición, con el fin de facilitarles una vitrina que contribuya a la promoción y comercialización de sus productos o servicios.

  12. Gestionar la participación de las micro y pequeñas empresas de la región en ferias y/o eventos de promoción no organizadas por el Comité de Desarrollo Productivo Regional, ya sea en la misma región o en otras regiones del país.

  13. PARTICIPANTES.

    Los participantes de estos proyectos son los siguientes:

    BENEFICIARIO/A EJECUTOR/A

    Es Beneficiario/a Ejecutor/a, toda persona natural o jurídica con experiencia en Ia implementación de ferias y/o eventos de exposición que apoyen la promoción, difusión y/o comercialización de los productos o servicios de micro y pequeñas empresas, cuya función será la ejecución y gestión técnica del proyecto.

    Deberá poseer las capacidades técnicas suficientes, de acuerdo al objeto del instrumento y las características específicas del proyecto, así como contar con un...

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