Resolución núm. 1, publicada el 02 de Diciembre de 2016. PROCLAMA CANDIDATOS TITULARES Y SUPLENTES QUE INDICA DEL CONSEJO NACIONAL DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO CREADO POR LA LEY N° 20.500
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Resolución |
PROCLAMA CANDIDATOS TITULARES Y SUPLENTES QUE INDICA DEL CONSEJO NACIONAL DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO CREADO POR LA LEY N° 20.500
Núm. 270/1.- Santiago, 15 de febrero de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 19.032, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; el DFL N° 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el DF N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, que Establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; el decreto supremo N° 1, de 2012, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Aprueba Reglamento que Regula Catastro de Organizaciones de Interés Público, el Consejo Nacional que lo Administra y los Consejeros Regionales; el decreto N° 55, de 2015, que nombra Subsecretario General de Gobierno; el memorándum N° 184/7, del 2 de febrero 2016, del Sr. Coordinador Nacional de la Unidad de Fondos Concursables, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la Republica.
Considerando:
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Que la ley N° 20.500, ordena la conformación del Consejo Nacional y los Consejos Regionales del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Publico.
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Que, la convocatoria a las elecciones de los representantes de las organizaciones de interés público para ser miembros del Consejo Nacional, fue llevada a cabo de conformidad a lo dispuesto en los artículos 14 y siguientes del decreto supremo N° 1 de 2012, del Ministerio Secretaría General de Gobierno.
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Que, de conformidad a lo dispuesto en el decreto supremo N° 1, citado, entre el 2 y el 17 de diciembre de 2015, las organizaciones de interés público tuvieron 10 días hábiles para proponer candidaturas al Consejo Nacional.
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Que, entre el 18 y el 22 de enero del año en curso, se realizó el proceso eleccionario a fin de renovar los consejeros representantes de las organizaciones de interés público, tanto del Consejo Nacional como de los Consejos Regionales del Fondo.
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Que, como consecuencia del proceso electoral realizado, se proveyeron cinco de los seis cargos de consejeros titulares, y uno de seis cargos de consejeros suplentes, del Consejo...
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