Resolución núm. 1 EXENTA, publicada el 11 de Enero de 2017. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE DESARROLLO SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DE LOS CONCURSOS DE LOS PROGRAMAS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE DESARROLLO SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DE LOS CONCURSOS DE LOS PROGRAMAS QUE INDICA
Santiago, 4 de enero de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1 exenta.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 41 del DFL Nº 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que Precisa Atribuciones y Deberes de los Subsecretarios de Estado; en la ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo Nº 15, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba Reglamento del artículo 4º de la ley Nº 20.530; en la ley Nº 20.595, que crea el Ingreso Ético Familiar que Establece Bonos y Transferencias Condicionadas para Familias de Extrema Pobreza y Crea Subsidio de Empleo a la Mujer; en el decreto supremo Nº 29, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que Aprueba el Reglamento del Artículo 4º de la ley Nº 20.595, Sobre Otros Usuarios del Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades"; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.981 de Presupuestos del Sector Público para el año 2017, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.
Que, conforme lo establece el artículo 41º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias puede ser delegado si se cumplen los requisitos que la referida norma establece.
Que, según dispone el artículo 1º del decreto ley Nº 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que precisa las atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado, corresponderá a éstos como colaboradores inmediatos y directos del Ministro respectivo, la responsabilidad especial de la administración y servicio interno del...
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