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Resolucion núm. 539, el 13 de Febrero de 2010. MODIFICA ANEXO Nº 18 DEL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA ANEXO Nº 18 DEL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Núm. 539.- Valparaíso, 4 de febrero de 2010.- Vistos:

La resolución Nº 5.211 de fecha 30 de diciembre de 2003, que fijó el contexto general para la implementación en nuestro servicio del proyecto "Ventanilla Única de Comercio Exterior".

La incorporación en este proyecto de la Subsecretaría de Salud Pública, a través de las diversas Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Seremi de Salud) a lo largo del país, en la tramitación de los certificados de destinación aduanera (CDA) vía electrónica y su interconexión con el sistema informático de Aduana, denominado SICOWEB.

El artículo 2º de la ley Nº 18.164 que indica que en la importación de alimentos, previo a la tramitación de una declaración de destinación aduanera, el Servicio de Aduanas debe exigir la presentación de un CDA emitido por la Seremi de Salud correspondiente a la jurisdicción del punto de ingreso de las mercancías al país.

Considerando:

Que, se hace necesario introducir modificaciones en la confección de la Declaración de Ingreso (Importación, Importación y Pago Simultáneo (DIPS), Almacén Particular de Importación y Admisión Temporal), a objeto de validar computacionalmente la información de las declaraciones de destinación aduaneras que cuentan como documento de base exigido, un CDA otorgado por el Organismo competente ya señalado para las mercancías consistentes en "Alimentos".

Que, dentro del proyecto de "Ventanilla Electrónica de Comercio Exterior", se ha acordado comenzar con un plan piloto, a contar del día 1º de marzo de 2010, el cual consiste en la interconexión electrónica entre usuarios externos, Agentes de Aduana, Seremi de Salud, Tesorería General de la República y el Servicio Nacional de Aduanas.

Que, el Seremi de Salud recibirá las solicitudes y emitirá los CDA, vía electrónica, los cuales serán enviados por esta misma vía, al Servicio Nacional de Aduanas, en virtud del convenio a suscribir entre la Subsecretaria de Salud y el Servicio Nacional de Aduanas, con una numeración única, a fin de que esta certificación o autorización sea validada computacionalmente al momento de aceptarse a trámite la Declaración de Ingreso por nuestro Servicio.

Que, para los efectos de tramitar los CDA en forma electrónica, los usuarios se conectarán directamente a través del link "OIRS trámite en línea" existente en los sitios Web de las Seremi de Salud (o directamente en la dirección de internet http://soa.idbc.cl/seremi. Asimismo, los Agentes de Aduana podrán ver en dicho...

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