Resolución nº 9544 de Servicio Nacional de Aduanas, 26-11-2012
Número de resolución | 9544 |
Fecha | 26 Noviembre 2012 |
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION TÉCNICA
DEPARTAMENTO NORMATIVO
SUBDEPTO. NORMAS GENERALES
RESOLUCION N° 9544
VALPARAÍSO, 26.11.2012
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que entre los días 5 al 20
de enero del 2013, se llevará a cabo, en su 34 Edición, el RALLY DAKAR PERU - ARGENTINA - CHILE
2013, cuyo inicio será en la ciudad de Lima-Perú y término en la ciudad de Santiago-Chile, después de
recorrer una serie de localidades de las Repúblicas de Perú, Argentina y Chile, lo que implicará que los
Servicios de Aduana de los tres países deberán actuar en forma integrada.
El Oficio N° 2514/2012 del Señor Subsecretario del
Instituto Nacional de Deportes, mediante el cual comunica el compromiso que ha asumido el Gobierno de
Chile para otorgar todas las facilidades gubernamentales para la realización de este evento deportivo
internacional.
Que, para dicho evento ingresarán al país los vehículos
inscritos para la competencia, los vehículos de asistencia y transporte, motores, repuestos, componentes,
materiales, neumáticos, combustible, accesorios, herramientas, indumentaria, equipos fotográficos, de
filmación, de radio y televisión, de comunicaciones y demás elementos de apoyo logístico que han de ser
utilizados durante los días en que se desarrollará el evento, considerando además, que algunos de los
vehículos podrán ser transportados sobre camiones.
Que, el rally se desarrollará durante la temporada alta de
turismo, lo cual hace aún más necesario implementar un control eficiente y expedito en los puestos
fronterizos involucrados, que limitan con la República de Perú y Argentina, a fin de no entorpecer el
tráfico de vehículos particulares y de carga, propios de la época estival.
Que, para tales fines y en coordinación con la
Subsecretaría de Deportes, los servicios fronterizos involucrados, la Dirección General de Aduanas de la
República de Argentina, y Servicio de Aduanas del Perú, se propicia un sistema de control previo e
integrado en los campamentos sede, desde Perú y desde y hacia la República de Argentina
respectivamente.
TENIENDO PRESENTE: las facultades que me otorgan
los números 7 y 8 del artículo 4º del DFL Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda y el artículo 107,
letra l) de la Ordenanza de Aduanas, dicto la siguiente:
R E S O L U C I O N:
1. AUTORICESE el régimen de Admisión Temporal, por el plazo de 120 días, exenta del pago de tasa
y de garantía a las mercancías consistentes en —aeronaves, helicópteros, vehículos inscritos para
la competencia, vehículos de asistencia y transporte, motores, repuestos, componentes, materiales,
neumáticos, combustibles, accesorios, herramientas, indumentaria, equipos fotográficos, de
filmación, de radio y televisión, de comunicaciones y demás elementos de apoyo logístico para uso
exclusivo en esta actividad, —que serán utilizados en el RALLY DAKAR PERU- ARGENTINA -
CHILE - 2013, y que ingresarán a través de las distintas aduanas del país.
2. Igualmente, resultará válido para el ingreso temporal de los vehículos, independiente de su
procedencia, el formulario “SALIDA Y ADMISION TEMPORAL DE VEHICULOS ACUERDO
CHILENO – ARGENTINO” , conforme a las instrucciones señaladas en Resolución N°
3816/10.10.2001, de la Dirección Nacional de Aduanas, que regulan la Admisión y Salida Temporal
de los vehículos particulares y buses. Sin embargo, y especialmente al momento de ingresar la
competencia al país, como asimismo, al momento de su salida, deberá priorizarse la forma de operar
conforme a lo señalado en los numerales siguientes:
3. El ente organizador del evento facilitará con la debida antelación, un listado de los vehículos, de los
participantes y de las mercancías que ingresarán temporalmente al país, en los formatos señalados
en los Anexos I al III de esta Resolución, y que forman parte íntegra de ella.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba