Resolución nº 6505. Sanciones Mercado de Valores. 2021-11-15 - Doctrina Administrativa - VLEX 879300537

Resolución nº 6505. Sanciones Mercado de Valores. 2021-11-15

JurisdicciónChile
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Valores
Fecha15 Noviembre 2021
REF.: APLICA SANCIÓN A VALORES SECURI TY S.A.
CORREDORES DE BOLSA
VISTOS:
1) Lo dispuesto en los artículos 1° inciso 3°, 3° N°1 , 5°,
20 N°4, 37, 38, 39 y 52 del Decreto Ley N° 3.538 DL N    C  
Mercado Financiero; en el artículo 1° y en el Título II de la Normativa Interna de Funcionamiento del
Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta N°1857 de
2021; en el Decreto Supremo N°1.207 del Ministerio de Hacienda de 2017; en el Decreto Supremo
N°437 del Ministerio de Hacienda de 2018; y, en el Decreto Supremo N°1.430 del Ministerio de
Hacienda de 2020.
2) Lo dispuesto en los artículos 32, 33 y 44 de la Ley
N°18.045 de Mercado de Valores.
3) Lo dispuesto en la Sección IV, Anexo 2 y Anexo 3 de
la Norma de Carácter General N°380 de 2015, que Regula el actuar de los corredores de bolsa,
agentes de valores y corredores de bolsa de productos respecto a su relación con el cliente y que
establece registros y documentación que deben mantener los intermediarios.
4) Lo dispuesto en el Manual de Operaciones en
acciones de la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores de 28 de octubre de 1991.
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS
I.1. ANTECEDENTES GENERALES
1. Con fecha 12 de junio de 2020, el Sr. Mario Palma
Cabrera presentó una denuncia ante la Comisión para el Mercado Financiero, indicando que Valores
Security S.A. Corredores de Bolsa   V “   C Investigada
había vendido sin su autorización 60.000 acciones de CAP (que, como se verá, correspondería a una
operación de venta de 60.638 acciones CAP de fecha 7 de mayo de 2020, por un monto total de
$244.102.791), lo cual le habría generado un perjui cio económico aproximado de 100 millones de
pesos.
2. Luego, el 18 de junio de 2020, el Sr. Mario Palma
Cabrera presentó una nueva denuncia ante la Comisión , en la cual señaló que los Sres. Piero Nasi y
Catalina Neumann, gerente general y ejecutiva comercial de Valores Security respe ctivamente,
RESOLUCION EXENTA: 6505
Santiago, 12 de noviembre de 2021
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FOLIO: RES-6505-21-74603-N SGD: 2021110456378
habrían comprado y vendido acciones con su patrimonio, para el periodo comprendido entre el mes
de diciembre de 2019 y junio de 2020, sin autorización enviada desde la casilla de correo electrónica
válida, causándole un perjuicio aproximado de 400 millones de pesos, y que, ante l os reclamos
formulados por estos hechos a la Corredora, ésta solo le habría dado excusas. Indicó también que
la Sra. Catalina Neumann confesó haber realizado las operaciones por encontrarse presionada por
el Sr. Piero Nasi, gerente general de la Corredora. Asimismo, indicó que se le inscribió como
inversionista calificado, ofreciéndole un mejor precio a pagar por comisión, pero sin tener en los
hechos esa calidad.
3. Con fecha 29 de julio de 2020, el Sr. Álvaro Palm a
Cabrera, hermano del Sr. Mario Palma, presentó un reclamo ante el Área de Protección al
Inversionista y al Asegurado de la Comisión para el Mercado Financiero, indicando que Valores
Security y su ejecutiva Sra. Catalina Neumann, habrían realizado la venta de 2.000 acciones de SQM-
B de propiedad de su sociedad Palma Trade Company Limitada, sin que dicha orden hubiese sido
instruida por la persona autorizada para efectuar dichas actuaciones, sin señalar en su denuncia la
fecha en que se habría realizado la operación. Indicó además que la Corredora tampoco le habría
dado respuesta a sus reiteradas consultas y reclamos efectuados ante la compañía, específicamente
ante el Sr. Piero Nasi, no exhibiéndole los documentos en los cuales se respaldarían las órdenes de
compra y venta que supuestamente habrían sido instruidas por él, lo cual le habría generado una
pérdida de $36.000.000 más todas las comisiones que se habrían generado bajo ese car go, los
intereses asociados a dichas simultáneas y los inconvenientes y perjuicios que esta supuesta acción
ilegal le ha causado.
Mediante Oficio Ordinario N°57.191, de fecha 16 de
noviembre de 2020 de la Comisión, se informó al Sr. Álva ro Palma Cabrera que Valores Security
controvirtió lo expuesto en su presentación: E         
vigentes entre el cliente y la corredora de bolsa, se informa como representantes legales a los
Señores Ál varo Ignacio Palma Cabrera y Mario Palma Cabrera. Asimismo, se indica que el señor
Mario Palma Cabrera está autorizado para dar instrucciones por cuenta de la Sociedad.
En consecuencia, considerando que la corredora de
bolsa controvirtió lo expuesto en su presentación, y detalló los antecedentes que le permitirían
afirmar que el Señor Mario Palma representa también e indistintamente a Palma Trade Company,
se ha estimado necesari o informar a Usted el resultado de las gestiones realizadas para su
conocimiento y fines que estime pertinentes.
4. En virtud de lo anterior, mediante Resolución UI
N°09/2021 de 24 de febrero de 2021, la Unidad de Investigación de la Comisión para el Mercado
Financiero dio inicio a una investigación para esclarecer los hechos denunciados.
I.2. HECHOS.
Los antecedentes recabados por el Fiscal de la Unidad
de Investigación dieron cuenta de los siguientes hechos:
1. Valores Security S.A. Corredores de Bolsa, RUT N°
96.515.580-5, fue inscrita en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valor es de esta
Comisión con fecha 2 de junio de 1987, bajo el número 111.
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2. El Sr. Mario Palma Cabrera, los días 12 y 18 de junio
de 2020, y su hermano, el Sr. Álvaro Palma Cabrera, el día 2 de julio de 2020, presentaron denuncias
y reclamos respectivamente, a esta Comisión, indicando que Valores Security habría realizado
operaciones de compraventa de acciones y operaciones a plazo sin sus autorizaciones, alegando
que con dichas operaciones les ocasionaron importantes perjuicios económicos, sin proporcionar a
la Unidad de Investigación mayores detalles y respaldos que permitieran determinar claramente las
operaciones cuestionadas.
Por otra parte, en las declaraciones entregadas a la
Unidad de Investigación por la Sra. Tamara Maturana Escalona y el Sr. Waldo Núñez Cabrera,
cónyuge y hermano del Sr. Mario Palma Cabrera respectivamente, denunciaron a Valores Security
por realizar operaciones de compraventa de acciones y operaciones a plazo sin sus autorizaciones,
y respecto de las cuales tampoco proporcionaron mayor detalle de dichas operaciones.
3. El Sr. Mario Palma Cabrera, como cliente de Valores
Security, tenía asignada hasta el mes de julio de 2020, a la Sra. Catalina Neumann Beckdorf como
ejecutiva comercial, y habría realizado a través de este intermediario operaciones de compraventa
de acciones y operaciones a plazo (simultáneas) a nombre propio; y también de forma autorizada,
a nombre de su padre Sr. Mario Palma García; de su herma na, Sra. Leticia Palma Cabrera; de su
hermano, Sr. Waldo Nuñez Cabrera; y de las sociedades en las que participa, Palma Trade Company
Ltda. y Sociedad de Inversiones Orocup Ltda.
4. En tanto, los familiares del Sr. Mario Palma Cabrera,
la Sra. Tamara Maturana Escalona, cónyuge; la Sra. Leticia Cabrera Contreras, madre; y el Sr. Álvaro
Palma Cabrera, hermano, también tenían asignada, hasta el mes de julio de 2020, a la Sra. Catalina
Neumann Beckdorf como ejecutiva comercial.
5. En este contexto, el Sr. Mario Palma Cabrera, al
menos en el periodo comprendido entre el mes de diciembre de 2019 y el día 14 de septiembre de
2020, mediante correos electrónicos, llamadas telefónicas y mensajería de WhatsApp, envió a la
ejecutiva Sra. Catalina Neumann órdenes de comprav enta de acciones y de operaciones a plazo a
nombre propio, y a nombre de sus padres, su cónyuge, sus hermanos y de las sociedades antes
citadas, en circunstancias que esa Corredora no contaba con autorizaciones o mandatos legales
necesarios para que el Sr. Mario Palma Cabrera pudiera entregar órdenes a nombre de las Sras.
Leticia Cabrera Contreras y Tamara Maturana Escalona, y del Sr. Álvaro Palma Cabrera.
6. Valores Security, fue requeri da a través del Oficio
Reservado UI N° 1.017, de 14 de septiembre de 2020, y del Oficio Reservado UI N°84, de 21 de enero
de 2021, que reiteró la solicitud anterior, para que remitiera las órdenes e instrucciones de compra
de acciones de los inversionistas Sra. Leticia Cabrera Contreras, Sra. Tamara Maturana Escalona y
Sr. Álvaro Pa lma Cabrera; y el respaldo de las órdenes e instrucciones de operaciones a plazo
debidamente firmadas, realizadas por miembros de la familia Palma Cabrera y de las sociedades
relacionadas a ésta, durante el periodo comprendido entre diciembre de 2019 y el 14 de septiembre
de 2020, respecto de lo cual Valores Security respondió dicho requerimiento, aportando solo
algunos de los registros solicitados.
7. De esta manera, la Corredora no proporcionó a la
Unidad de Investigación lo s correspondientes respaldos, registros y/o resguardos de las siguientes
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