Resolución nº 6249. Sanciones Mercado de Valores. 2018-12-27 - Doctrina Administrativa - VLEX 811194709

Resolución nº 6249. Sanciones Mercado de Valores. 2018-12-27

JurisdicciónChile
Fecha27 Diciembre 2018
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Seg
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REF.: APLICA SANCIÓN DE MULTA A LOS
SEÑORES MIGUEL ÁNGEL OLIVA SOTO Y
MIGUEL ÁNGEL OLIVA REVECO.
____________________________________________
SANTIAGO, 27 DE DICIEMBRE DE 2018
RESOLUCION EXENTA 6249
VISTOS:
1) Lo dispuesto en los artículos 3° 5, 5°, 20 N°4, 52
y 67 del Decreto Ley (D.L.) N°3.538, conforme a su texto reemplazado por el artículo primero de la
Ley N°21.000, que crea la Comisión para el Mercado Financiero; en los artículos 3°, 4° y 27 del D.L.
N°3.538, conforme a su texto vigente al momento de verificarse las infracciones imputadas en este
procedimiento administrativo sancionador; en el artículo 1° y en el Título II de la Normativa Interna
de Funcionamiento del Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la
Resolución Exenta N°02 de 21 de diciembre de 2017; en el Decreto Supremo 437 del Ministerio
de Hacienda del año 2018 y en el Decreto Supremo N°1.207 del Ministerio de Hacienda del año 2017;
2) Lo dispuesto en el artículo 42 N°4 y en el Título
XVI de la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas y la Norma de Carácter General N°328 de 2012.
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS.
I.1. Antecedentes Generales.
I.1.1. Club de Golf y Deportes El Oliveto S.A es una
sociedad anónima abierta, inscrita el año 1999 en el Registro de Valores de este Servicio bajo el
número 671 por el hecho de cumplir con una de las exigencias de la letra c) del artículo 5° de la Ley
N°18.045, la cual se encuentra acogida al régimen de información simplificada establecido en la
Norma de Carácter General N°328, por cuanto su objeto social se relaciona exclusivamente con
actividades deportivas no profesionales.
I.1.2. Con fecha 26 de diciembre de 2014, el señor Luis
Carretero Martínez, accionista de la sociedad Club de Golf y Deportes El Oliveto S.A. (en adelante
también “El Oliveto” o la “Sociedad”, indistintamente), presentó una denuncia vía plataforma de
reclamos web de la Superintendencia de Valores y Seguros (“SVS”), hoy Comisión para el Mercado
Financiero (“CMF”), en virtud de la cual informaba que, en junta extraordinaria de accionistas
celebrada en el mes de septiembre de 2013, se presentó a los accionistas el informe de auditoría
emitido por la empresa de auditoría externa PKF Chile Auditores Consultores Limitada (“PKF
Chile”), el cual se abstenía de pronunciarse respecto de los estados financieros correspondientes al
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ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2012, por no haber tenido acceso los auditores, entre otros,
al inventario del activo fijo de la sociedad. Por ello, en la citada junta extraordinaria los accionistas
minoritarios de la Sociedad se abstuvieron de aprobar los citados estados financieros, sin perjuicio de
que el controlador concurrió con su voto a aprobarlos.
En razón de ello, señala el denunciante que los
accionistas minoritarios procedieron a investigar en el Conservador de Bienes Raíces de Talagante,
donde encontraron inscripciones de compraventas de terrenos de la Sociedad ocurridos durante el año
2012 que no se reflejaban en los estados financieros correspondientes a dicho ejercicio.
Luego, informa el denunciante que el 15 de diciembre
de 2014, el directorio de El Oliveto acordó citar a junta extraordinaria de accionistas a celebrarse el
día 29 de diciembre de ese mismo año y, luego de tener acceso a los estados financieros
correspondientes al ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2013, los accionistas minoritarios se
percataron que el informe de auditoría además de referirse al ejercicio 2013, también contenía una
modificación de su informe correspondiente al ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2012, en
virtud de haber contado el auditor con el inventario del activo fijo de la Sociedad.
I.1.3. De los antecedentes recabados a partir de la
denuncia del señor Luis Carretero Martínez y de las diligencias investigativas efectuadas por la
Unidad de Investigación de este Servicio, pudieron establecerse los siguientes hechos:
I.1.3.1. Composición de la administración de El
Oliveto.
1. El señor Miguel Ángel Oliva Soto fue presidente del
directorio de El Oliveto entre el 10 de noviembre de 1997 y el 31 de mayo de 2015.
2. El señor Ricardo Zanabria Santiago se desempeñó
como gerente general de El Oliveto desde el año 1999 hasta el 6 de junio de 2013, fecha en la cual
presentó su renuncia a dicho cargo.
3. El señor Miguel Ángel Oliva Reveco detenta el
cargo de gerente general de El Oliveto desde el 21 de junio de 2013, según da cuenta el acta de la
sesión extraordinaria de directorio celebrada con esa fecha.
I.1.3.2. Sociedades relacionadas a El Oliveto.
Las siguientes sociedades tienen la calidad de
relacionadas con El Oliveto por reunir los requisitos contemplados en el artículo 100 de la Ley
N°18.045 de Mercado de Valores (“LMV”):
1. Inversiones Vista Alegre Limitada (en adelante
indistintamente “Vista Alegre”), RUT N°77.085.580-2, controlada indirectamente por el señor
Miguel Ángel Oliva Soto.
2. Inversiones Los Paltos Limitada (en adelante
indistintamente “Los Paltos”), RUT N°76.815.580-1, controlada indirectamente por el señor Miguel
Ángel Oliva Soto.

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