Resolución nº 5072. Sanciones Mercado de Seguros. 2021-09-10 - Doctrina Administrativa - VLEX 901372585

Resolución nº 5072. Sanciones Mercado de Seguros. 2021-09-10

JurisdicciónChile
Fecha10 Septiembre 2021
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Seg
REF.: APLICA SANCIÓN DE MULTA A
SOLUNION CHILE SEGUROS DE
CRÉDITO S.A.
RESOLUCIÓN EXENTA N°
VISTOS:
1) Lo dispuesto en los artículos 1° inciso 3°, 3° N°6, 5°, 20 N° 4, 36,
38, 39 y 52 del Decreto Ley N° 3.538 (“D.L. N°3.538”), que crea la Comisión para el
Mercado Financiero; en los artículos 3° letra f), 4°, 27 y 33 del Decreto Ley N°3.538,
conforme a su texto vigente hasta el 15 de enero de 2018; en el artículo 1° y en el
Título II de la Normativa Interna de Funcionamiento del Consejo de la Comisión para
el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta N°1857 de 2021; en el
Decreto Supremo N°1.207 del Ministerio de Hacienda de 2017; en el Decreto
Supremo N°437 del Ministerio de Hacienda de 2018; y, en el Decreto Supremo
N°1.430 del Ministerio de Hacienda de 2020.
2) Lo dispuesto en los artículos 16, 20, 21 y 44 del Decreto con
Fuerza de Ley N°251, Ley de Seguros (“D.F.L. N°251”);
3) Lo dispuesto en la Norma de Carácter General N°139, sobre
Normas relativas a la contratación de reaseguros y registro de corredores de
reaseguro (“NCG N°139”).
4) Lo dispuesto en la Circular N°2022, que Imparte normas sobre
forma, contenido y presentación de los estados financieros de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras (“Circular N°2022”).
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS
I.1. ANTECEDENTES GENERALES
1. Mediante Oficio Ordinario N°26.097, de fecha 20 de agosto de
2019, la Intendencia de Seguros (“IS”) de esta Comisión para el Mercado Financiero
(“CMF” o “Comisión”) remitió al Fiscal de la Unidad de Investigación (“ Fiscal” o
UI”) una denuncia interna, dando cuenta de irregularidades cometidas por
Solunion Chile Seguros de Crédito S.A. (”Investigada Solunion”,
Sociedad”, “Aseguradora” o “Compañía”), relativas a operaciones de reaseguro
que ésta efectuó con entidades reaseguradoras extranjeras que no cumplían los
requisitos de clasificación de riesgo establecidos normativamente.
2. Mediante Resolución UI 49/2019, de fecha 24 de septiembre
de 2019, el Fiscal inició una investigación a efectos de determinar si los hechos
denunciados podían ser constitutivos de alguna(s) de la(s) infracción(es) prevista(s)
en el D.F.L. N° 251; en la Norma de Carácter General N° 139; en la Circular N° 2022;
y, en la normativa dictada por esta Comisión u otras disposiciones complementarias.
Santiago, 10 de septiembre de 2021
92107867
5072
3. Mediante de Oficio Reservado UI N° 189, de fecha 5 de marzo de
2021 (“Oficio de Cargos”), que rola a fojas 219 y siguientes del expediente
administrativo, el Fiscal formuló cargos a Solunion Chile Seguros de Crédito
S.A.
4. Mediante presentación de fecha 24 de marzo de 2021, la
Investigada evacuó sus descargos.
5. Finalmente, mediante Oficio Reservado UI N° 544/2021, de fecha
1 de junio de 2021 (“Informe Final”), el Fiscal remitió a este Consejo de la
Comisión para el Mercado Financiero (“Consejo”, “Comisión o CMF”), el
expediente administrativo correspondiente al Procedimiento Sancionatorio incoado
en contra de la Investigada, informando el estado de éste y su opinión fundada
acerca de la configuración de las infracciones imputadas en el Oficio de Cargos, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 inciso 2° del D.L. N°3.538.
I.2.HECHOS.
Los antecedentes recabados por el Fiscal durante la investigación
dan cuenta de los siguientes hechos:
1. Solunion Chile Seguros de Crédito S.A., RUT 76.094.234-0, es una
compañía de seguros del primer grupo.
2. Con fecha 22 de agosto de 2006, Solunion Chile Seguros de
Crédito S.A. –en ese entonces, Mapfre Garantía y Crédito S.A., Compañía de
Seguros– renovó un contrato de reaseguro intermediado por Latinbroker (“Slip de
renovación de contrato de reaseguro de cuota parte de garantías y fidelidad”; N.
Ref.: 1-06), continuo desde el 01 de enero de 1995, en que figuraba como
reasegurador N.V. Nationale Borg Maatschappij .
3. Con fecha 01 de enero de 2011, N.V. Nationale Borg
Maatschappij transfirió todos los derechos y obligaciones asociadas a sus
operaciones de reaseguro a su filial Nationale Borg Reinsurance N.V).
4. Con fecha 28 de octubre de 2016, A.M. Best clasificó al
reasegurador N.V. Nationale Borg-Maarschappij y a su filial, Nationale Borg
Reinsurance N.V., con un financial strength rating “A”, cuya última revisión fue
realizada con fecha 29 de octubre de 2020.
Por su parte, con fecha 28 de febrero de 2017, Standard and Poor’s
retiró las clasificaciones de riesgo de N.V. Nationale Borg-Maatschappij y Nationale
Borg Reinsurance N.V., ambas con un previo financial strength rating “A-”.
A la fecha, no consta la existencia de ninguna otra clasificación de
riesgo adicional, asociada explícitamente a los reaseguradores en mención,
efectuada por alguna de las entidades clasificadoras de riesgo internacional, de
aquellas contempladas en la NCG N° 139.
5. Durante el periodo en que el reasegurador Nationale Borg
Reinsurance N.V. no disponía de dos clasificaciones de riesgo, efectuada por alguna
de las entidades clasificadoras de riesgo internacional, de aquellas contempladas en
la NCG N° 139 –considerando lo señalado en el número anterior–, Solunion no
efectuó ajustes y/o provisiones en la determinación de sus obligaciones derivadas
de la contratación de seguros, respecto de sus obligaciones derivadas de la
contratación de seguros, asociadas al contrato de reaseguro en mención, que se
extendían hasta la extinción de la última póliza emitida durante los
correspondientes periodos de cobertura.
I.3. ANTECEDENTES RECOPILADOS DURANTE LA
INVESTIGACIÓN.
Los medios de prueba aportados al Procedimiento Sancionatorio
durante la investigación fueron los siguientes:
1. Oficio Ordinario 35.129, de 27 de diciembre de 2018,
enviado por la IS a Solunion.
Por medio del Oficio singularizado, la Intendencia de Seguros requirió
a la Aseguradora acreditar las dos clasificaciones de riesgo informadas en los
estados financieros al 30 de junio de 2018, respecto del reasegurador Nationale
Borg Reinsurance N.V. (NRE05120170001).
2. Respuesta de Solunion al Oficio Ordinario 35.129,
recibida con fecha 28 de diciembre de 2018.
Por esta presentación, la Compañía dio respuesta al Oficio Ordinario
N° 35.129, indicando, en lo que interesa, “que se han obtenido los antecedentes
consultando información pública, divulgada en los Reportes Anuales del
reasegurador Nationale Borg Reinsurance N V, correspondientes a los años 2014 y
2017, y que se adjuntan a esta correspondencia”, los cuales correspondieron a la
información utilizada en la elaboración de las revelaciones de los Estados
Financieros de esta Compañía Aseguradora”.
En el reporte anual del reasegurador en mención, correspondiente al
año 2014, se señala que, Nationale Borg Reinsurance NV is Rated A- (stable
outlook) by Standard & Poor’s, and provides its clients a solid capitalization and
strong capital adequacy”.
Por su parte, en el reporte anual del año 2017, se indicó que,
Nationale Borg Reinsurance is Rated A by A.M. Best, and provides its clients a solid
capitalization and strong capital adequacy”.
3. Oficio Ordinario 6.542, de 04 de marzo de 2019,
enviado por la IS a Solunion.
Por medio del Oficio Ordinario 6.542, la Intendencia de Seguros
reiteró a la Compañía el requerimiento de “ proporcionar [respecto del reasegurador
Nationale Borg Reinsurance N.V.] los respaldos que acrediten al menos 2
clasificaciones de riesgo, las cuales deben provenir de una fuente y formato oficial
actualizado de alguna de las clasificadoras de riesgo establecidas en la NCG
139”, asimismo, y en el caso que el reasegurador Nationale Borg Reinsurance N.V.,
al 30 de junio de 2018, no tuviera las 2 clasificaciones de riesgo exigidas por la NCG
N° 139, se requirió:
1. Proporcionar explicación pormenorizada por operar con el
reasegurador en consulta.
2. Indicar las fechas entre las que ha estado operando con el
reasegurador en consulta, y adicionalmente, la fecha en la que el reasegurador dejó
de cumplir los requisitos exigidos por la Norma antes señalada.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR