Resolución Nº 4629 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 2018 - Normativa - VLEX 925902453

Resolución Nº 4629 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 2018

Número de resolución4629
Año2018
Gobierm de Chlle
DEPARTAMENTO JURÍDICO
(1606)
REF.: Autoriza a1 Corporación de Capacitación y
Empleo (SOFOFA), para destinar, hasta
determinado monto, fondos de capacitación para
contratar con Ia consultora PIN UP BTL
MARKE"TING Ia ejecución del proyecto
«Semlnarlo Desarrollo de Capltal Hum«r.no
2078',
RESOLUCIÓT{ EXENTA N" 4629
SANTIAGO, I2NOV2[llo
vlsTos:
Lo dispuesto en e1 N"5 del artículo 85 de la Ley
N'19.5i8, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo; en el artículo 11 del Decreto N"122,
de 1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el Decreto N'84 de 28 de junio de
2018 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y Io consignado en la Resolución
N'1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, modificada a través de
Resolución N'10 de 2017, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
TENIENDO PRESENTE:
2.- La Resolución Exenta N"3322 de 09 agosto de
2018, de este Servicio Nacional, que aprueba instructivo para la autorización del
financiamiento de estudios con cargo al cinco por ciento de los aportes efectivos y
excedentes que obren en poder de un organismo técnico intermedio para capacitación,
denominado 'Lineamientos para estudios, formato de presentación y procedimiento".
3.- La solicitud presentada por el "Corporación de
Capacitación y Empleo (SOFOFA)" de 26 de octubre de 2018, mediante la cua-l su Gerente
General, somete a consideración del Director Nacional, el proyecto "Seminario Desarrollo
de Capital Humano 2Ol8'y solicita autorización para destina¡ fondos de la cuenta de
excedentes hasta por un monto máximo de $ 70.035.665.
4.- La Providencia N"1011 de 05 de noviembre de
2018 de Jefa de Gabinete Director Nacional, mediante la cual solicita a-l Departamento
Jurídico emitir resolución que cuenta de la aprobación del proyecto indicado,
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1.- Que el articulo 11 del Decreto Supremo N"122,
de 1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece que el Director Nacional
del SENCE, mediante resolución fundada, podrá autorizar a un organismo técnico
intermedio para capacitación para que utilice hasta un 5% de los aportes efectivos y
excedentes que obren en su poder, para 1a realización de proyectos específicos que asi lo
justifiquen, ta.les como estudios sobre detección de áreas ocupacionales, de sus
necesidades de capacitación, calidad de la oferta de capacitación, preferentemente a nivel
regional, promoción y difusión del sistema y otros que a juicio de este Servicio Nacional
sean necesarios para la consecución de los fines previstos, para dichos efectos. Agrega
dicha disposición que los citados organismos deberá¡ solicitar previamente a este
Servicio Nacional la autorización correspondiente, adjuntando a su petición un informe
técnico respecto de la necesidad o conveniencia de efectuar el proyecto, el monto que
implica y la suma de aportes recibidos a esa época, siendo discrecional su otorgamiento.

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