Resolución nº 412 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL TRASPASO Y GOBERNANZA DEL SOFTWARE RED DE MÓDULOS DE AUTOATENCIÓN Y OTRAS MATERIAS DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE CHILEATIENDE DIGITAL DEL ESTADO, SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO - Instituto de Previsión Social - Normativa - VLEX 927454611

Resolución nº 412 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL TRASPASO Y GOBERNANZA DEL SOFTWARE RED DE MÓDULOS DE AUTOATENCIÓN Y OTRAS MATERIAS DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE CHILEATIENDE DIGITAL DEL ESTADO, SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Número de resolución412
Año2022
Fecha de publicación09 Diciembre 2022
Tipo de documentoRelativos a Convenios
División Jurídica– Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
Página 1 de 3
SE APRUEBA CONVENIO DE
COLABORACIÓN PARA EL TRASPASO Y
GOBERNANZA DEL SOFTWARE RED DE
MÓDULOS DE AUTOATENCIÓN Y OTRAS
MATERIAS DEL PROYECTO
FORTALECIMIENTO DE CHILEATIENDE
DIGITAL DEL ESTADO, SUSCRITO ENTRE
EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y
EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL
DE GOBIERNO.
RESOLUCIÓN
EXENTA N°
SANTIAGO, 14 de Noviembre de 2022.-
V I S T O S:
1.- La Ley Nº 20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva Institucionalidad Pública
para el Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos, el Instituto de Previsión Social,
determinando sus funciones y atribuciones; y el D.F.L. N°4, de 2009, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, que fija la Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades del Instituto de
Previsión Social.
2.- La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración
del Estado, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el D.F.L. N° 1/19.653, de 2000,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3.- La Ley N° 19.880, de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen
los Actos de la Administración del Estado.
4.- La Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública.
5.- El D.F.L. N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el D.L. N°49, de 1973; el D.F.L.
N° 17, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la Resolución N° 7, de 26 de marzo de
2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y la Resolución N° 16, de 17 de
diciembre de 2020, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los
cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo
cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República.
6.- La Resolución Exenta N°125, de 08.04.2020, que establece una modalidad excepcional de
emisión y tramitación de los actos administrativos de la Dirección Nacional, de la Subdirección de
Sistemas de Información y de Administración y del Departamento de Administración e Inmobiliaria
del Instituto de Previsión Social, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 1, de
07.01.2022 y sus modificaciones posteriores.
412
División Jurídica– Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
Página 2 de 3
7.- El Decreto Supremo Nº 02, de fecha 08 de enero de 2021, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, donde consta el nombramiento de don Patricio Coronado Rojo, como Director
Nacional del Instituto de Previsión Social.
C O N S I D E R A N D O:
1.- Que, en el año 2001, se encargó al Ministerio Secretaría General de la Presidencia la
coordinación y seguimiento del Instructivo Presidencial N°5 y de todas aquellas que se establezcan
en el futuro, en relación con el desarrollo del Programa de Gobierno Electrónico. En el marco de
dicho programa, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, implementó el proyecto
“Fortalecimiento de ChileAtiende Digital”, cuyos objetivos específicos fueron evitar que las personas
continuaran realizando trámites de manera presencial y establecer un sistema integrado de
información que permitiera conocer el número de interacciones que realizan los ciudadanos con el
Estado, existiendo un convenio de cooperación entre ambas instituciones que permitió a
MINSEGPRES entregar la plataforma del Portal ChileAtiende al Instituto de Previsión Social en el
año 2019, siendo a la fecha sus actuales administradores.
2.- Que, en este contexto, y teniendo presente los principios de coordinación, eficiencia y
eficacia de la Administración del Estado, se suscribió entre el Ministerio Secretaria General de la
Presidencia y nuestro Instituto el “Convenio de Colaboración para el Traspaso y Gobernanza del
Software Red de Módulos de Autoatención y Otras Materias del Proyecto Fortalecimiento de
ChileAtiende Digital del Estado”, el cual fue aprobado por el Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, a través de su Decreto Exento N°104, de fecha 23 de agosto de 2022, que como se indica
en su Cláusula Segunda, tiene por objeto principal “comprometer los términos en que se producirá el
traspaso de la administración, plataforma tecnológica y gestión del software con el que opera y se
mantienen los servicios de atención de la Red de Módulos de AutoAtención del Proyecto
ChileAtiende Digital de cargo de MINSEGPRES, hacia el Instituto, así como de los programas y
sistemas informáticos que lo complementen y /o reemplacen en el futuro, con la finalidad de
integrarlos a la Red de Atención ChileAtiende administrada por este, bajo los estándares, capacidades
técnicas y niveles de servicio definidos y vigentes de acuerdo al status actual de desarrollo de su
respectivo modelo de atención; como también, definir y acordar los términos de la nueva gobernanza
que deberá observar la citada Red de Módulos de AutoAtención, comprometiéndose ambas partes en
su desarrollo y mantención”.
3.- Que, la División jurídica, a través de Informe Jurídico N° 52653/1154-2022, de fecha 06
de octubre de 2022, aprobó el convenio de la especie.
R E S U E L V O:
1.- Apruébase, el documento Convenio de Colaboración para el Traspaso y Gobernanza
del Software Red de Módulos de Autoatención y Otras Materias del Proyecto Fortalecimiento
División Jurídica– Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
Página 3 de 3
de Chileatiende Digital del Estado”, que en dieciséis (16) hojas, forma parte integrante del presente
instrumento.
2.- Desígnase, como administradores del Convenio de Colaboración que se aprueba por la
presente resolución, al/la Jefe/a División Canales de Atención a Clientes, como Titular y al o la a
Coordinador o Coordinadora de la Unidad Apoyo a la Gestión Omnicanal, como Suplente, de
conformidad a lo establecido en su Cláusula Quinta.
3.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 48, de la Ley N° 19.880, citada en Vistos N°3 y
en el artículo 7° de la Ley N° 20.285, citada en Vistos N°4, en orden a publicar un extracto del
presente acto administrativo en el Diario Oficial y texto completo del mismo en el "Portal
Transparencia Institucional”.
Notifíquese, regístrese y distribúyase por la Unidad Gestión de Resolución del
Departamento Control Jurídico de la División Jurídica, a las Jefaturas de las unidades incluidas
en la Distribución de la presente Resolución.
DIRECTOR NACIONAL
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DISTRIBUCIÓN:
- Gabinete Dirección Nacional
- Subdirección de Sistemas de Información y de Administración
- Subdirección de Servicios al Cliente
- División Jurídica
- División Canales de Atención a Clientes
- Departamento Auditoría Interna
- Departamento Contraloría Interna
- Apoyo Documental División Jurídica
- Funcionarios designados
CHC/CLG/MMR/CGM/BAC/bac.
Patricio
Alejandro
Coronado
Rojo
Firmado
digitalmente por
Patricio Alejandro
Coronado Rojo
Fecha: 2022.11.14
15:55:53 -03'00'

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR