Resolución nº 344 del Instituto de Previsión Social. APRUEBA "CONVENIO DE COLABORACIÓN Y SU ANEXO", SUSCRITO CON FECHA 29.08.2022, ENTRE SERVICIO DE BIENESTAR DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y LA FUNERARIA LOS APÓSTOLES SpA - Instituto de Previsión Social - Normativa - VLEX 915824056

Resolución nº 344 del Instituto de Previsión Social. APRUEBA "CONVENIO DE COLABORACIÓN Y SU ANEXO", SUSCRITO CON FECHA 29.08.2022, ENTRE SERVICIO DE BIENESTAR DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y LA FUNERARIA LOS APÓSTOLES SpA

Número de resolución344
Año2022
Fecha de publicación17 Octubre 2022
Tipo de documentoRelativos a Convenios
División Jurídica Instituto de Previsión Social
Santiago
www.ips.gob.cl
Página 1 de 3
SE APRUEBA
SUSCRITO CON FECHA 29.08.2022,
ENTRE SERVICIO DE BIENESTAR
DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL Y LA FUNERARIA LOS
APÓSTOLES SPA.
RESOLUCIÓN
EXENTA N°
SANTIAGO, 21 de Septiembre de 2022.-
V I S T O S:
1.- La Ley Nº 20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva Institucionalidad
Pública para el Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos, el Instituto de Previsión
Social, determinando sus funciones y atribuciones; y el D.F.L. N°4, de 2009, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, que fija la Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades
del Instituto de Previsión Social.
2.- La Ley 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la
Administración del Estado, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el D.F.L.
N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3.- La Ley N° 19.880, de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de la Administración del Estado.
4.- La Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública.
5.- El D.F.L. N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el D.L. N°49, de 1973; el
D.F.L. N° 17, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la Resolución N°7, de 26
de marzo de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y la
Resolución N°16, de 17 de diciembre de 2020, que determina los montos en Unidades
Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a
Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría
General de la República.
6.- La Resolución Exenta N°125, de 08.04.2020, que establece una modalidad
excepcional de emisión y tramitación de los actos administrativos de la Dirección Nacional, de
la Subdirección de Sistemas de Información y de Administración y del Departamento de
Administración e Inmobiliaria del Instituto de Previsión Social, en concordancia con lo
dispuesto en la Resolución Exenta N° 1, de 07.01.2022.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR