Resolución nº 270 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA EL CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y LA UNIVERSIDAD DE CHILE PARA ASESORÍA TÉCNICA EN LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DE LIDERAZGO INSTITUCIONAL IPS
Número de resolución | 270 |
Fecha de publicación | 13 Septiembre 2023 |
Año | 2023 |
Tipo de documento | Relativos a Convenios |
VISTOS:
División Jurídica -
Instituto
de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O'Higgins
Nº
1353 -
Sant
iago
www.lps.gob.cl
SE APRUEBA EL CONVENIO
DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS,
SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO
DE PREVISIÓN SOCIAL Y LA
UNIVERSIDAD DE CHILE PARA
ASESORÍA TÉCNICA EN LA
ELABORACIÓN DEL PROGRAMA
DE GESTIÓN DE LIDERAZGO
INSTITUCIONAL IPS.
RESOLUCIÓN
EXENTA
N°27Q
SANTIAGO, 18 de Agosto
de
2023
1.-
La
Ley
Nº
20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva lnstitucionalidad Pública para
el
Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos, el Instituto de Previsión Social, determinando sus
funciones y atribuciones; y el D .F.L. Nº4, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija la
Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades del Instituto de Previsión Social.
2.-
La
Ley
Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado,
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado
se
encuentra establecido
en
el D.F.
L.
Nº
1/19.653,
de
2000,
del Ministerio Secretaría General
de
la
Presidencia.
3.-
La
Ley
Nº
19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la
Administración del Estado.
4.- La Ley
Nº
19.886, que establece las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios y
su
Reglamento, contenido en el D.S. Nº 250,
de
2004, del Ministerio de Hacienda.
5.-
La
Ley
Nº
20.285 sobre Acceso a la Información Pública, y su Reglamento contenido en el
Decreto
Nº
13,
de
2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
6.-
La
Ley
Nº
21.094 sobre Universidades Estatales.
7.- El Decreto Supremo
Nº
02,
de
8 de enero
de
2021
, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
donde consta la personería de don Patricio Alejandro Coronado Rojo, para representar al Instituto de Previsión
Social.
8.- El D.F.L.
Nº
278,
de
1960, del Ministerio
de
Hacienda; el D.L. Nº49, de 1973; el D.F.L.
Nº
17,
de
1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la Resolución
Nº
7, de 2019, que fija normas sobre
exención del trámite de Toma de Razón, y la Resolución
Nº
14, de 2022, que determina los montos en
Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a
Toma
de
Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloria General
de
la
República.
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