Resolución Nº 2666 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 2019 - Normativa - VLEX 926064235

Resolución Nº 2666 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 2019

Número de resolución2666
Año2019
Gobi.rno d. Chile
DEPARTAMENTO JURIDICO
(826)
REF.: Autoriza al OTIC Corporación de Capacitación
de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y
Turismo de Chile (OTIC DEL COMERCIO), para
destinar, hasta determinado monto, fondos de capacitación
para contratar con la Fundación Chile, la ejecución del
proyecto denominado "Estudio Impacto de la Tecnología
en h evolución de la fuerza laboral del seclor cometcio",
RESOLUCIÓN EXENTA NO 266E
SANTIAGO,
VISTOS:
it 7 JUL 2019
Lo dispueslo en el N'5 del artículo 85 de la Ley N'19.5 I 8,
sobre Estatuto de Capacitación y Empleo; el añículo I I del Decreto N"122, de 1998, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social; el Decreto Supremo N"84, de 28 dejunio de 2018, del Ministerio del Trabajo
y Previsión Social, y lo consignado en la Resolución N"7, de 2019, de la Contraloría General de la
República, que hja normas sobre exención del trámite de toma de razón.
TENIENDO PRESENTE:
l.- Que el artículo ll del Dec¡eto Supremo N"122, de
1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece que el Director Nacional del SENCE,
mediante resolución fundada, podrá autorizar a un organismo técnico intermedio para capacitación para
que utilice hasta un 50% de los aportes efectivos y excedentes que obren en su poder, para la realización
de proyectos específicos que así lo justifiquen, tales como estudios sobre detección de áreas
ocupacionales, de sus necesidades de capacitación, calidad de la oferta de capacitación, preferentemente
a nivel regional, promoción y difusión del sistema y otros que a juicio de este Servicio Nacional sean
necesarios para la consecución de los fines previstos, para dichos efectos. Agrega dicha disposición que
los citados organismos deberán solicitar previamente a este Servicio Nacional la autorización
correspondiente, adjuntando a su petición un informe técnico respecto de la necesidad o conveniencia
de efectuar el proyecto, el monto que implica y la suma de aportes recibidos a esa época, siendo
discrecional su otorgamiento.
2.- La Resolución Exenta N'0998. de 15 de ma¡zo de
2019, de este Servicio Nacional, que aprueba instructivo para la autorización del financiamiento de
estudios con cargo al cinco por ciento de los aportes efectivos y excedentes que obren en poder de un
organismo técnico intermedio para capacitación, denominado "Lineamientos para estudios, formato de
presentación y procedimiento".
3.- La solicitud presentada por el OTIC Corporación de
Capacitación de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile, de 27 de mayo
de 201 9, mediante la cual su Gerente General, somete a consideración del Director Nacional, el proyecto
denominado "Estadio Impacto de la Tecnología en h evolución de la fuerza laboral del sector
comercio", y solicita autorización para destinar fondos de la cuenta de excedentes hasta por un monto
máximo de $ 107.5 87.500.
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