Resolución Nº 1940 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 22/04/2015 - Normativa - VLEX 906328497

Resolución Nº 1940 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 22/04/2015

Número de resolución1940
Año2015
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RESUELVO:
1.- Apruébense las Condiciones Técnicas y
Administrativas para la Ejecución del "Programa de Capacitación en Oficios”, Segundo Llamado
año 2015, cuyo texto se transcribe a continuación:
1. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
1.1. FOCALIZACIÓN
El Decreto N°42, de 2011, modificado por el Decreto N°95, de 2011 y por el Decreto N°1, de 2014,
todos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social establece los componentes, líneas de acción y
procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Capacitación en Oficios,
considerando como población objetivo del Programa, a personas vulnerables entre 16 y 65 años
de edad, a fin de que puedan generar competencias laborales que les permitan aumentar la
probabilidad de acceder a empleos de mejor calidad o mejorar sus ingresos.
1.2. OBJETIVO GENERAL
El Programa tiene por objetivo generar competencias laborales en personas que se encuentren en
situación de vulnerabilidad, con el propósito de aumentar la probabilidad de encontrar un empleo
de calidad y/o, en caso de tratarse de trabajadores o trabajadoras independientes, aumentar sus
ingresos.
1.3. SALIDA LABORAL
La salida laboral es el objetivo final del Programa, en términos de mejorar las condiciones de
empleabilidad de los egresados. Por ende, el resultado esperado será la colocación del beneficiario
en un puesto de trabajo, con contrato escriturado, dependiendo de las particularidades propias
que presente el centro penitenciario en el que el alumno cumple condena. Para las intervenciones
de trabajo independiente, el resultado esperado será la recopilación de evidencia, a través de un
portafolio detallado en las presentes Condiciones Administrativas y Técnicas.
La Propuesta Técnica de Capacitación (Plan de Capacitación y Ficha de Presentación del Plan
Formativo) que entreguen los Organismos Técnicos (en adelante, el OTEC), deberá considerar todo
el proceso de formación conducente a la salida laboral exitosa para los alumnos aprobados en la
Fase Lectiva.
1.4. PARTICIPANTES DEL PROGRAMA
1.4.1. Requisitos de los postulantes
Podrán postular al Programa personas vulnerables que cumplan con los requisitos mencionados a
continuación, las que accederán al mismo, sin perjuicio de la priorización que realicen los
Organismos Técnicos de Capacitación cuyos Planes resulten seleccionados:
a) Personas, chilenas o extranjeras, que estén cumpliendo condena en un establecimiento
penitenciario dependiente o supervigilado por Gendarmería de Chile.
b) Personas vulnerables entre 16 y 65 años de edad.
La autoridad correspondiente a cada recinto penal, entregará a la mesa técnica los listados de los
eventuales beneficiarios que requerirán la capacitación, los cuales serán seleccionados por ésta,
como se indica en el punto 1.4.3 de las presentes Condiciones Técnicas y Administrativas.
El público objetivo para este llamado será exclusivamente personas privadas de libertad en
recintos penitenciarios y los menores que residan en centros de detención, hogares de menores u
otros recintos de similares características.
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Los OTEC podrán proponer requisitos de ingreso adicionales a los establecidos por el Programa
para seleccionar a los postulantes, de acuerdo al perfil de egresado requerido para cada plan
formativo, lo que será evaluado y autorizado según lo propuesto en la Ficha de Presentación del
Plan Formativo, contenido en el Plan de Capacitación propuesto por el OTEC. Podrán incorporarse
criterios de priorización, tales como el nivel educacional de los postulantes, su condición de salud
u otro factor, siempre que no sea incompatible con los requisitos del Programa ni representen un
factor de discriminación para los postulantes, lo que será evaluado en cada una de las propuestas,
según lo indicado en la ficha de Presentación del Plan Formativo.
1.4.2. Exclusiones
No podrán participar del Programa las personas que:
a) Que al momento de postular, se encuentren como alumnos regulares en Institutos
Profesionales, Centros de Formación Técnica y/o por Universidades Estatales y Privadas, o
b) Se encuentren participando o hayan participado durante el año anterior a esta ejecución,
tanto hayan desertado injustificadamente o bien hayan finalizado el proceso de formación,
en Programas de Capacitación en Oficios, financiados por el SENCE.
1.4.3. Selección de alumnos
En este llamado, la selección de alumnos deberá realizarse a partir de la propuesta elaborada por
la autoridad competente de cada recinto penitenciario, la cual será enviada a una Mesa Técnica,
cuya constitución deberá considerar, a lo menos: el Jefe de la Unidad Penal o una persona
encomendada por éste; un representante de la Unidad Técnica del Recinto Penal; un
representante del Régimen Interno del Recinto Penal y el coordinador del OTEC. La mesa técnica
sesionará conforme a la cantidad de postulantes presentados por la autoridad competente, po r
tanto se realizarán tantas sesiones, como cantidad de alumnos sean propuestos para su selección.
Luego de realizada cada sesión, el OTEC deberá enviar el acta con todos los temas tratados y
acuerdos adoptados a todos los participantes de la mesa, con copia al Encargado Regional del
Programa, la cual deberá adjuntarse al momento de la entrega del Formulario N°1 en la Dirección
Regional respectiva.
Esta mesa deberá velar por el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto
1.4.1 de las presentes Condiciones Técnicas y Administrativas.
La verificación del cumplimiento del requisito indicado e la letra a) del punto 1.4.1 se acreditará
mediante certificado de reclusión emitido por Gendarmería de Chile, el cual corrobore la condición
de vulnerabilidad de la persona y certifique que ésta efectivamente se encuentra cumpliendo
condena en determinado recinto penitenciario, sin especificar el tipo de condena.
Se exceptúan de dicho procedimiento:
a) Jóvenes que se encuentren bajo régimen de Servicio Nacional de Menores (SENAME).
b) Personas privadas de libertad que se encuentren cumpliendo pena en Centros de Estudio y
Trabajo (CET) semi abiertos.
En ambos casos, Gendarmería o SENAME, según corresponda, presentará directamente a los OTEC
el listado de postulantes que participarán de los cursos.
Para efectos de sistematización, la plataforma informática definida por SENCE realizará el cruce
con otras instituciones públicas, validando el indicador de vulnerabilidad y vigencia de la cédula de
identidad los alumnos seleccionados.

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