Resolución Nº 1781 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 2019 - Normativa - VLEX 925902000

Resolución Nº 1781 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 2019

Número de resolución1781
Año2019
&
DEPARTAMENTO JURÍDICO
14771
R.EF.i Autoriza al OT¡C Corporación de
Capacitación y Ernpleo (SOFOFA) RUT
N'70417500-0, para destina¡, hasta determinado
monto, fondos de capacitación para contratar con
la Universidad Arturo Prat, Ia ejecución del
"Dsf'rdlo Pñr erd E^cuettt d¿ Br¿chns
Cdpltdl rlurna^o. Eshtdlo de Clc',.c dc Brechas
pdrd Ocupl¡.clollcs Crítlc(¡a-RcgtóA da
fdrdlracá, Ragtó,¡ de Aric.¡ g Pdrhqcot4'.
REAOLUC¡ÓT{ EXEI¡TA N'
AA¡T¡AGO, O 8 }'IAY 2OIS
VISTOSl
17 81
Lo dispuesto en el N'5 del articulo 85 de la tey
N'19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo; el articulo 11 del Decreto N"122, de
1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el Decreto Supremo N"84, de 28 de
junio de 2018, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y lo consignado en la
Resolución N"1.600, de 2OO8, de la Contraloría General de la República, modificada a
través de Resolución N"10 de 2017, que flja normas sobre exención del tréEnite de torna
de razófi.
TENIENDO PRESENTE:
1.- Que el articulo I 1 del Decreto Sup.emo N"122,
de 1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece que el Director Nacional
del SENCE, mediante resolución fundada, podrá autoriza¡ a un orga¡ismo técnico
intermedio para capacitación para que utilice hasta un 59/o de los aportes efectivos y
excedentes que obren en su poder, para la realización de proyectos especificos que así Io
justifiquen, tales como estudios sobre detección de áreas ocupacionales, de sus
necesidades de capacitación, calidad de la oferta de capacitaciór¡, preferedtemente a nivel
regional, promoción y difusión del sistema y otros que a juicio de este Servicio Nacional
sea¡ necesários para Ia consecución de los ñnes previstos, para dichos efectos. Agrega
dicha disposición que los citados organismos deberán solicitar previ¿unente a este
Servicio Nacional la autorización correspondiente, adjuntando a su petición un informe
técnico ¡especto de la ¡ecesidad o conveniencia de efectua¡ el proyecto, el monto que
implica y la suma de aportes recibidos a esa época, siendo discrecional su otorgamiento.
2.- La Resolución Exenta N'0998, de 15 de marzo
de 2019, de este Servicio Nacional, que aprueba instructivo para la autorización del
hna.nciamiento de estudios con ca¡go al cinco po¡ ciento de los aportes efectivos y
excedentes que ob¡en en poder de un organismo técnico intermedio para capacitación,
denominado "Lineamientos para estudios, formato de presentación y procedimiento'.
3.- La soljcitud presentada por el OTIC
Corporación de Capacitación y Empleo (SOFOFA) RUT N"70.417.500,0, de 22 de abri¡ de
2019, mediante la cual su Gerente ceneral, somete a consideración del Director Nacional,
el 'Esdtdlo Pfi.merd 8icucstd de Brechd.s e Cdpltd.l l.umd o. Estudlo d.e Clerte de
Brechd.s pdrd. Ocltpdclones CriÉlcds-Rcgtó^ de ?:d,ropocá, Regló^ d-c Aric(,. g
sEircE
2
PatT^d.cot4', y solicita autorización para destinar fondos de la cuenta de excedentes
hasta por un monto máximo de $88.100.000.
4.- La Providencia N'057, de 25 de abril de 2019,
de Encar8ado Unidad de Desarrollo Est¡atégico, mediante Ia cual solicita al
Depa¡tamento Jufidico emitir resolución que cuenta de la aprobación del proyecto
indicado, adjuntando informe de factibilidad linanciera de fecha 26 de abdl de 2019,
emitido por el Jefe del Depa-rtamento de Empleo y Capacitación en Empresas Subrogante,
y Pauta de Evaluación de Proyecto.
RESUELVO:
1.- Autorizase, á1 OTIC Corporación de
Capacitación y Empleo (SOFOFA) RUT N" 7O.417.500 0, la e.jecución del "Estudlo
PrTrnera E^cuesta de Brechas e^ Capltol ÍIuría'ro. Estud.lo de Clcrre dc Brechats
parc Ocupd,clo'ret Cátlcc's-Reglón de Ídrapacá, Reglói de Atlc@ y Pdl1rdcot¿", a
través de la Universidad Arturo P¡at por hasta un máximo de $88.100.000 (ochenta y
ocho millones cien mil pesos) de los fondos de capacitación administrados en la cuenta
de excedentes.
2.- Remitase por el OTIC a la Unidad de Desa¡rollo
Estratégico, al término del proyecto, informe final en formato digital, que incluya los
resultados del estudios y los medios de ve¡il_rcación formales del costo, para que Ia Unidad
de Desarrollo Estratégico revise la coherencia entre los objetivos comprometidos y gastos
efectivos, en conformidad a lo dispuesto en la letra i) del numeral 4 de la Resolución
Exenta N"0998, de l5 de maizo de 2019, para efectos de su publicación en *-wrv.sence-cl,
con arreglo a la Ley N"19.628.
3.- Remitase, además, por parte del organismo
administrador de fondos de capacitación mencionado, rendición de los gastos efectivos
correspondientes a la ejecución del proyecto aprobado y adjúntese los documentos que
acrediten el pago según lo establecido en el lite¡al j) del nume¡a]4 de Ia Resolución Exenta
N N"O998, de 15 de r¡arzo de 2019, de este Servicio Nacional.
4.- Dése cumplimiento por parte del OTIC
Corporación de Capacitación y Empleo (SOFOFA), a lo dispuesto en el artículo 27 de la
L¿y N" 19.518, en orden a conserva¡ durante tres años los documentos y antecedentes
justificatorios de las acciones que se autoriza¡ por medio de la presente resolución.
5.- Notifiquese Ia presente resolución al
representante legal de OTIC Corporación de Capacitación y Empleo (SOFOFA), a través
de ca¡ta certificada dirigida a su domicilio en Agustilas N" 1357, piso 6, comuna y ciudad
de Santiago, en conformidad a lo dispuesto en el articulo 46 de Ia t,ey N'19.880.
AN feuEsE Y ARcHfvEsE.
§t¡EEmR
NACIONAI.
SANTA AL
ACIÓN Y EMPLEO
'fu SERVICIO NACIONAL
- OTIC Corporación de Capacitación y Eo de la SOFOFA
- Departamento Eñpleo y Capacitación en Empresas
- DepartamentoJurídico
- Unidad de Administración de Franquicia Tributaria
- Unidad de Desarrollo Estratégico
- Oficina de Partes.
8t7.466

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