Resolución Nº 126_2014 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 738532857

Resolución Nº 126_2014 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Número de resolución126_2014
Número de expedienteC 274-14
Fecha30 Julio 2014
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
Santiago, treinta de julio de dos mil catorce.
A fojas 231: por acompañada nueva propuesta de acuerdo conciliatorio. Estese a
lo que se resolverá.
VISTOS:
1. Con fecha 6 de marzo de 2014, “La Plaza S.A.” (“El Mostrador”) presentó una
demanda en contra de Servicios de Televisión Canal del Fútbol Limitada (“CDF”),
imputando a dicha empresa la comisión de conductas contrarias a la libre
competencia. En concreto, acusa a CDF de prohibir la divulgación y exhibición, a
través de los medios de prensa digitales que usan como base la plataforma
Internet (“MPDI”), de los “goles”, “mejores jugadas” y “hechos relevantes” que
ocurren con ocasión de los partidos de fútbol de las ligas nacionales; no obstante
permitir la exhibición de tales imágenes a “La Tercera Online” a través de una
exclusiva y única ventana online. Tales hechos, a juicio del actor, podrían ser
constitutivos de: (i) un acuerdo de exclusividad ilícito; (ii) una discriminación
arbitraria; o, (iii) una negativa de venta.
2. CDF, por su parte, contestó la demanda solicitando su rechazo, con costas, al
considerar que no habría incurrido en ninguna práctica que signifique un atentado
a la libre competencia. En concreto, CDF estima que: (i) la acción interpuesta por
El Mostrador se encontraría prescrita; y, (ii) en cualquier caso, no concurrirían los
presupuestos de las figuras denunciadas, toda vez que CDF no tendría una
posición dominante en el mercado; el acuerdo celebrado con “La Tercera Online”
sería lícito; no existiría una negativa a contratar con El Mostrador ni un insumo que
sea esencial para que este último pudiese desarrollar su actividad económica; ni
existiría, en definitiva, una discriminación arbitraria en el trato que CDF le otorga a
El Mostrador en relación con otros medios de prensa digitales, como tampoco en
el trato que le da a los medios de prensa digitales respecto del otorgado a la
televisión abierta.
3. Mediante resolución de fecha 6 de mayo de 2014, este Tribunal citó de oficio a
una audiencia de conciliación que se efectuó el día 22 de mayo de 2014, y que
continuó los días 4 de junio y 4 de julio del mismo año.
4. En esta última fecha, las partes acompañaron una propuesta de acuerdo
conciliatorio. Este Tribunal proveyó dicha propuesta citando a las partes a una

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