Resolución nº 12.600/04 D.G.T.M. Y M.M., 27-12-2018
Fecha de la decisión | 27 Diciembre 2018 |
Número de resolución | 12.600/04 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2018 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
C.P. PAN. ORDINARIO N° 12.600/04/ VRS.
HABILITA LA OPERACIÓN DE LA R AMP A
PUERTO FUY.
PANGUIPULLI, 27 de Diciembre 2018.
VISTO:, Lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Dirección General del
Territorio Marítimo y de Marina Mercante, D.F.L. Nº 292, de fecha 25 de julio de 1953;
e l D.L. Nº 2.222 de 1978 y sus modificaciones, Ley de Navegación; el D.S. (M.) Nº 1.340
bis, de fecha 14 de junio de 1941, modificado por D.S. (M.) Nº 359, de fecha 27 de
abril de 1963, Reglamento de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la
República; el D.S. (M.) Nº 2, de fecha 03 de enero de 2005, modificado por el D.S. (M.)
Nº 213 de 2006, Reglamento sobre Concesiones Marítimas; el D.S. (M.) Nº 1, de fecha 06
de enero de 1992, Reglamento de Control de la Contaminación Acuática; el D.S. (M.)
Nº 397, de fecha 08 de mayo de 1985, Reglamento de Practicaje y Pilotaje y sus
modificaciones posteriores; el D.S. (M.) Nº 991, de fecha 26 de octubre de 1987, que fija
la jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas y Capitanías de Puerto de la República, y
teniendo presente las atribuciones que me confiere la reglamentación marítima vigente;
R E S U E L V O:
HABILÍTESE, las condiciones de operación de la siguiente instalación
portuaria:
1.- Nombre de la Instalación Portuaria.
Rampa Puerto Fuy.
2.- Descripción General.
Rampa que permite el embarque y desembarque de personas y vehículos, mediante
transbordador o barcaza, objeto efectuar la conexión de carretera entre el Sector de
Puerto Fuy y Sector Puerto Pirehueico.
3.- Ubicación Geográfica.
Región de los Ríos, comuna de Panguipulli, en la ribera Weste del Lago Pirehueico,
al 180° y a 0.2 millas náuticas de la Alcaldía de Mar de Puerto Fuy, en siguientes
coordenadas geográficas:
Latitud
: 39° 52’ 19.7” S.
Longitud : 071° 53’ 21.3” W.
Ref.: Carta S.H.O.A. N° 6265, Edición 2008.
4.- Propietario.
Dirección de Obras Portuarias.
Operador: Empresa Huilo-Huilo Desarrollo Turístico SPA.
5.- Estación de Espera de Prácticos.
No corresponde.
6.- Zona de Fondeo a la gira.
No corresponde.
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7.- Límites del Puerto.
El sector de Puerto Fuy, en Lago Pirehueico, no cuenta con resolución de la Dirección
General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, que determine los límites del
puerto.
(Reglamento Practicaje y Pilotaje, D.S. (M) N° 397, de fecha 08 de mayo de 1985,
Apéndice 1, Anexo “A”).
8.- Características meteorológicas y ambientales generales del puerto.
8.1.-
Condiciones de viento.
El Lago Pirehueico en el sector de Puerto Fuy generalmente permanece en
calma, los vientos predominantes en el sector son asociados a la dirección del
1° y 3° cuadrante, presentándose las mayores ocurrencias desde de la
dirección ENE seguida de WSW no superando los 20 nudos para todas las
direcciones.
Ocasionalmente se pueden presentar vientos del componente ESTE que se
denomina “Puelche”, el cual puede alcanzar magnitudes sobre fuerza 7 de la
escala de Beaufort.
De producirse esa situación con vientos mayores a 30 nudos, las operaciones
en el terminal marítimo se deberán suspender.
8.2.-
Dirección y velocidad de las corrientes.
En invierno se presenta un predominio hacia la dirección W seguida por la
dirección SW con una intensidad en torno a 1.0 a 2.0 cm/s.
En verano las corrientes presentan un predominio hacia el N seguida por la
dirección NE con una intensidad en torno a 1.0 a 2.0 cm/s.
8.3.-
Altura de la ola.
En atención a que el sector de Puerto Fuy se encuentra protegido, la altura de
la ola no es significativa predominando normalmente una altura máxima de 0.2
mts.
8.4.-
Amplitud de Marea.
De acuerdo a la Batimetría efectuada en el sector de Puerto Fuy, Lago
Pirehueico se pudo establecer niveles de agua mínimos y máximos como se
indican a continuación:
NMinA en Lago Pirihueico = 3.69 m Sobre cero del Limnimetro.
NMaxA en Lago Pirihueico = 5.87 m Sobre cero del Limnimetro
8.5.-
Tipo de Fondo.
La calidad del fondo del sector Puerto Fuy, Lago Pirehueico se caracteriza por
el predominio de arena gruesa lo que favorece el agarre en el fondo de las
anclas y un fondeo seguro en caso de ser necesario.
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9.
Sitios o Frentes de atraque y Boyas.
- Extensión
: 65 metros.
- Ancho
: 13.2 metros.
- Orientación
: al 066°/246° verdadero.
- Boyas de Amarre : 02 NR. color naranjas.
Boya “A” Latitud: 39°52’19.2” S u r .
Longitud: 071°5 3 ’16.2” Weste.
Boya “B” Latitud: 39°52’21.8” S u r .
Longitud: 071°5 3 ’17.2” Weste.
- Bitas de Amarre : 05 NR.
- Argollones
: 03 NR.
10.- Terminales Marítimos.
No corresponde.
11.- Condiciones Límites para las Naves.
Eslora máxima
: 43.85 metros.
Calado máximo
: 1.575 metros.
Manga máxima
: 10.80 metros.
Desplazamiento máximo
: 449 Tons.
Condiciones o restricciones
: Velocidad de atraque máxima sobre la rampa es de
0,5 nudos (25 cm/s).
Se prohíbe el varado de embarcaciones sobre la
rampa y/o cualquier objeto que obstaculice el
normal funcionamiento de operación.
12.- Condiciones específicas de operación en la instalación portuaria.
12.1.- Maniobras de Aproximación.
El rumbo final de aproximación corresponde al 280° verdadero y se iniciará a
media milla de la posición del terminal, con reducción de velocidad, de
manera de llegar a unos 120 metros de la rampa con una velocidad de 2
nudos, disminuyendo gradualmente para recalar en rampa sin viada y con la
rampa de las naves desplegadas para apoyarla sobre la superficie del
terminal.
En este lugar se maniobrará de acuerdo a la posición en la rampa que la
barcaza o transbordador atracará, lo que a su vez estará condicionado por el
nivel del agua del lago.
La proa final con la rampa sobre el terminal es al 293° verdadero, pasando
primeramente las espías de proa, siendo la de estribor a la bita 1 y la de
babor al argollón del muelle para fijar la posición de la nave.
En caso de vientos de la componente ENE se pasará una espía de popa
estribor a la bita 1, para mantener fija la popa.
12.2.- Maniobra de Fondeo y Números de Paños a emplear.
El ancla de codera estará preparada para fondear en caso que las
circunstancias de la maniobra de atraque lo requieran (aparición de viento
puelche) objeto tener un mayor control de la nave para su atraque utilizando
las espías indicadas en el párrafo anterior.
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Sólo será necesario fondear el ancla de codera cuando las condiciones de
viento estén próximas al límite, en el rango de 25 a 30 nudos ya que sobre ese
límite la nave no podrá maniobrar debiendo buscar un lugar seguro para
permanecer a la gira o fondear en espera que se den las condiciones para su
atraque.
12.3.- Maniobra de Desamarre y Desatraque.
Antes de iniciar la maniobra de desatraque las naves deberán encontrarse
listas para zarpar, con el personal en sus puestos y listos para largar espías.
Se largarán las espías de las bitas en primer lugar para luego largar las
espías amarradas a los argollones.
Una vez las espías estén claras del agua, se procederá a zarpar separándose
de la rampa y luego efectuando una caída de 180° para posteriormente
gobernar al rumbo de salida al 273° verdadero.
12.4.- Maniobra de Corrida.
Debido a las variaciones del nivel del agua del lago, las naves deberán ir
adaptando su posición en la rampa, objeto no se dificulte la transferencia de
vehículos, debiendo ir ajustando las espías de manera de desplazar la nave a
lo largo de la rampa manteniendo la proa siempre con dirección al 293°.
Esta maniobra solo será necesaria en casos muy extraordinarios en una
permanencia prolongada debido a que las variaciones del nivel del agua del
lago son muy tenues.
12.5.- Maniobras Simultáneas.
No autorizado.
12.6.- Maniobras de Abarloamiento.
No autorizadas. En caso de emergencia se deberá coordinar, previa
autorización de la Autoridad Marítima Local.
12.7.- Rancho de naves.
Los camiones que realicen el abastecimiento de combustible al transbordador
o barcaza en la Rampa Puerto Fuy, deben cumplir con las disposiciones ...
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