Resolución nº 12.600/27 D.G.T.M. Y M.M., 30-10-2020
Fecha de la decisión | 30 Octubre 2020 |
Número de resolución | 12.600/27 |
Fecha de publicación | 30 Octubre 2020 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
C.P. MAULLÍN. ORD. N° 12.600/ 27 /VRS.
HABILITA LA OPERACIÓN DEL MUELLE
FISCAL QUENUIR, MAULLÍN.
MAULLÍN, 30 DE OCTUBRE DE 2020.
VISTO: lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio
Marítimo y de Marina Mercante, D.F.L. N° 292, de fecha 25 de julio de 1953; el D.L. N°
2.222, de 1978 y sus modificaciones, Ley de Navegación; el D.S. (M.) N° 1.340 bis, de
fecha 14 de junio de 1941, modificado por D.S. (M.) N° 359, de fecha 27 de abril de 1963,
Reglamento General de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la
República; el D.S. (M.) N° 9, de fecha 11 de enero de 2018, Reglamento sobre
Concesiones Marítimas; el D.S. (M.) N° 1, de fecha 6 de enero de 1992, Reglamento para
el Control de la Contaminación Acuática; el D.S. (M.) N° 397, de fecha 8 de mayo de 1985,
Reglamento de Practicaje y Pilotaje y sus modificaciones posteriores; el D.S. (M.) N° 991,
de fecha 26 de octubre de 1987, que fija la jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas de
la República y Establece las Capitanías de Puerto y sus respectivas jurisdicciones; la
Circular Marítima D.G.T.M. Y M.M. ORD. N° A-31/002, de fecha 6 de diciembre de 2018; la
Resolución C.P. MAULLÍN. ORD. N° 12.600/25/Vrs., de fecha 23 de septiembre de 2020,
que aprueba el Informe de Operación de Muelle Quenuir Alto y teniendo presente las
atribuciones que me confiere la reglamentación marítima vigente.
R E S U E L V O:
1.-
HABILÍTASE la operación de la siguiente instalación portuaria:
a.- Nombre de la Instalación Portuaria.
Muelle Fiscal Quenuir.
b.- Descripción General.
El muelle está diseñado para la atención de naves dedicadas a la pesca artesanal y
transporte de pasajeros, en nave que actualmente opera en el track de conectividad
marítima, Maullín, Quenuir y Las Conchillas.
La instalación portuaria es el puerto base de una lancha ambulancia, la cual tendrá
un lugar destinado en este muelle.
El muelle cuenta con una pasarela que sirve para el embarco y desembarco de
personas que necesiten asistencia de camillas o sillas de ruedas.
La iluminación de la infraestructura consta de, tres postes con alumbrado eléctrico,
que permiten la iluminación durante toda la noche. Además, cuenta con 4 escalas
para permitir el embarque y desembarque de pasajeros y movilización de carga
proveniente de la Pesca y Buceo Artesanal.
c.- Ubicación Geográfica.
Se ubica en la Provincia de Llanquihue, Comuna de Maullín, en el lugar denominado
Quenuir Alto, en las siguientes coordenadas geográficas:
Latitud : 41° 33’ 53,68” S.
Longitud : 073° 40’ 31,00” W.
Ref.:
Carta S.H.O.A. N° 7211.
C.P. MAULLÍN ORD. N° 12.600/_27_/ VRS.
HOJA N° 2
DE FECHA: 30 DE OCTUBRE DE 2020
d.- Propietario.
Dirección de Obras Portuarias, Ministerio de Obras Públicas, Región de Los Lagos.
e.- Estación de Espera de Prácticos.
No corresponde.
f.-
Zona de Fondeo a la Gira.
No corresponde.
g.-
Límites del Puerto.
No corresponde.
h.- Características Meteorológicas y Ambientales Generales de la Instalación
Portuaria.
1)
Dirección y velocidad del viento predominante:
El Derrotero de la Costa de Chile no señala mayor información relacionada con
el sector, sin embargo, el lugar donde se encuentra ubicada la instalación
portuaria, presenta un clima húmedo y lluvioso, presentando precipitaciones
durante todo el año, con vientos que en ocasiones alcanzan los 30 nudos.
2)
Amplitud de la Marea, en metros:
Ver Tabla de Mareas de las Costas de Chile, Publicación S.H.O.A. N° 3009.
3)
Tipo de fondo:
Arena.
i.-
Sitios o Frentes de Atraque y Boyas.
- Extensión Pasarela
: 35 metros de largo por 1,7 metros de ancho.
- Extensión Frente Atraque : 80 metros de largo por 4,5 metros de ancho.
- Orientación
: 295°
- Bitas de Amarre
: 2 NR.
- Cornamusas
: 8 NR.
- Argollones de Amarre
: 8 NR.
- Defensas
: 22 Neumáticos.
- Boyas de Amarre
: No hay.
j.-
Terminales Marítimos.
No corresponde.
k.- Condiciones Límites para las Naves.
- Eslora máxima
: 18 metros.
- Calado máximo
: 2,0 metros.
- Manga máxima
: 6,5 metros.
- Arqueo Bruto
: Hasta 32,42 toneladas.
C.P. MAULLÍN ORD. N° 12.600/_27_/ VRS.
HOJA N° 3
DE FECHA: 30 DE OCTUBRE DE 2020
l.-
Condiciones Específicas de Operación en la Instalación Portuaria.
1)
Maniobra de Aproximación y Atraque:
La Instalación Portuaria está habilitada para la operación diurna y nocturna, ya
que cuenta con una baliza luminosa de color blanca con una franja roja,
instalada en la posición adecuada, sirviendo ésta de referencia para las
maniobras de aproximación de todas las naves hacia el sector de atraque del
muelle.
Para aproximarse al muelle, las embarcaciones deben realizarlo de manera
frontal, considerando la profundidad que posee la zona, teniendo siempre
precaución por los bajos cercanos al muelle.
A una distancia de 5 metros, el patrón de la embarcación deberá disminuir su
andar al mínimo, con el fin de realizar la maniobra de atraque, no descartando
dar atrás en caso de ser necesario. Dependiendo de la intensidad y dirección
del viento, el amarre será por la proa de la embarcación.
Los sitios de atraques serán el frente del cabezo del muelle, frente lateral
izquierdo y derecho. La aproximación será con un mínimo andar.
2)
Maniobra de Amarre:
Consistirá en pasar uno o dos largos de proa, dependiendo la embarcación
hacia las bitas del muelle, luego una línea de fondeo por popa, con el objeto de
dejar la embarcación bien amarrada y asegurada, se reforzarán espías según
apreciación y medidas de seguridad que estime cada patrón según condiciones
meteorológicas.
3)
Maniobra de Desatraque:
El patrón deberá colocar en servicio el o los motores y largar amarras de proa
con ayuda de su tripulación, dando con esto inicio a la maniobra de
desatraque, luego largar amarras secundarias y posteriormente dar atrás para
iniciar la salida. Una vez a 5 metros alejados del muelle, la embarcación deberá
girar sobre su eje con el fin de continuar la navegación hacia su rumbo.
4)
Maniobras Simultáneas: No autorizadas.
5)
Maniobras de Abarloamiento: No autorizadas.
6)
Rancho de naves: No autorizado.
m.- Ayudas a la Navegación.
Tipo de señal : Baliza Luminosa.
Nombre
: Muelle Quenuir Alto.
N° Nacional
: 359.
Ubicación
: Latitud: 41° 35' 2" S. / Longitud: 073° 45'...
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