Resolución nº 12.600/32 D.G.T.M. Y M.M., 05-05-2020
Fecha de la decisión | 05 Mayo 2020 |
Número de resolución | 12.600/32 |
Fecha de publicación | 05 Mayo 2020 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
C.P. LOT. ORDINARIO N° 12.600/ 32 / VRS
HABILITA LA OPERACIÓN DE LA RAMPA
CALETA LLICO.
LOTA, 05 DE MAYO DE 2020.
VISTO: lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio
Marítimo y de Marina Mercante, D.F.L. N° 292, de fecha 25 de julio de 1953; el D.L. N°
2.222 de 1978 y sus modificaciones, Ley de Navegación; el D.S. (M.) N° 1.340 bis, de
fecha 14 de junio de 1941, modificado por D.S. (M.) N° 359, de fecha 27 de abril de 1963,
Reglamento de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la República; el
D.S. (M.) N° 9, de fecha 11 de enero de 2018, Reglamento sobre Concesiones Marítimas;
el D.S. (M.) N° 1, de fecha 06 de enero de 1992, Reglamento para el Control de la
Contaminación Acuática; el D.S. (M.) N° 397, de fecha 8 de mayo de 1985, Reglamento de
Practicaje y Pilotaje y sus modificaciones posteriores; el D.S. (M.) N° 991, de fecha 26 de
octubre de 1987, que fija la jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas y Capitanías de
Puerto de la República; la Resolución C.P. LOTA N° 12.600/09/VRS, de fecha 28 abril de
2020, que aprueba el “Informe de Operación de Rampa Caleta Llico y teniendo presente
las atribuciones que me confiere la reglamentación marítima vigente,
R E S U E L V O:
1.- HABILÍTESE las condiciones de operación de la siguiente instalación portuaria:
a.- Nombre de la Instalación Portuaria
Rampa Caleta Llico.
b.- Descripción General
Rampa conformada por un puente de acceso (tramo opaco y transparente) de 78
metros de longitud en total y una rampa de atraque inclinada, construida de losa de
hormigón, relleno y muros laterales, destinada a efectuar faenas de carga y/o
descarga de embarcaciones menores y sus tripulantes, hasta 50 arqueo bruto.
Dicha rampa cuenta con tres postes metálicos para alumbrado nocturno y dos
luminarias por poste, en sector cabezo del muelle.
c.- Ubicación Geográfica
Región del Biobío, comuna de Arauco, se encuentra ubicada al 338° y a 2.8 millas
náuticas del faro Punta Lavapié, punto medio, siguientes coordenadas geográficas:
Latitud
: 37° 11’ 36” S.
Longitud : 073° 33’ 44” W.
Ref.: Carta S.H.O.A. N° 6122, Edición 2010.
ARMADA DE CHILE
DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y M.M.
GOBERNACIÓN MARÍTIMA DE TALCAHUANO
CAPITANÍA DE PUERTO DE LOTA
C.P. LOT. ORDINARIO N° 12.600/ 32 / VRS.
FECHA: 05 DE MAYO DE 2020.
HOJA N° 2
d.- Propietario
Dirección de Obras Portuarias.
Operador: S.T.I. Pesc. Art., Buzos Mariscadores y actividades conexas de Caleta
Llico, Región del Bío Bío, (Administrador).
e.- Estación de Espera de Prácticos
No corresponde.
f.- Zona de Fondeo a la gira
No corresponde.
g.- Límites del Puerto
Se encuentra definido por una línea comprendida desde Punta Litre, coordenada
geográfica Latitud: 073°32’43” Weste y Longitud: 37°11’56” Sur y Punta Trauco,
coordenada geográfica Latitud: 073°33’42” Weste y Longitud: 37°10’09” Sur.
Ref.: Carta S.H.O.A. N° 6120, Edición 2004.
h.- Características meteorológicas y ambientales generales del puerto
La caleta de Llico permanece en calma, por lo general, con viento del Sur, pero
con vientos del componente Norweste al Weste se levanta marejada, siendo
necesario por lo general suspender el tráfico de embarcaciones menores.
Los vientos y neblinas que se levantan en la caleta Llico, tienen las mismas
características que las que se experimentan en la zona del golfo de Arauco.
Suele ocurrir en caleta Llico, bravezas de mar después de los malos tiempos del
Norweste y de los fuertes vientos del Surweste. Cuando soplan vientos del
Norweste y Weste, se ha observado que se establece una corriente que entra por
Islote Lobos y contornea enseguida la costa Sureste y Oriental del Golfo de
Arauco, saliendo después por Punta Lavapié, donde se dirige al Surweste y
viceversa cuando soplan vientos del Surweste.
i.-
Sitios o Frentes de atraque y Boyas
- Extensión
: 97 metros.
- Orientación
: 078°.
- Argollas
: 06 argollas de acero.
- Defensas
: 18 NR., por cada banda lateral de la rampa (neumáticos).
- Boyas de Amarre : No hay.
- Bitas de Amarre
: No hay.
j.-
Terminales Marítimos
No corresponde.
C.P. LOT. ORDINARIO N° 12.600/ 32 / VRS.
FECHA: 05 DE MAYO DE 2020.
HOJA N° 3
k.- Condiciones Límites para las Naves
Eslora máxima
: 10 metros.
Calado máximo
: 1.0 metros.
Manga máxima
: 2,3 metros.
Puntal máximo
: 0.95 metros.
Condiciones y restricciones:
-
Podrá hacer uso del plano inclinado de la rampa una barcaza, tipo “Nave
Menor”, de tonelaje máximo de 50 toneladas de arqueo bruto y solo mediante
el uso de su portalón, siempre y cuando las cargas impuestas sobre la losa, no
superen las informadas en el Manual de Operación.
-
Queda prohibido el atraque de barcaza por los costados de la rampa.
l.-
Condiciones específicas de operación en la instalación portuaria
1)
Atraque, desatraque, amarre, largada y fondeo:
a)
Maniobra de atraque: La aproximación será a andar mínimo 0,5
nudos, con un ángulo de aproximación de 30° respecto al sitio de
atraque según las condiciones de la Rampa.
b)
Maniobra de amarre: Consistirá en pasar un largo de proa
estribor/babor hacia las argollas de acero, ubicadas en ambas bandas
de la rampa, luego otro largo de popa estribor/babor hacia las argollas
de la rampa.
c)
Maniobra de desatraque: Se largarán las espías en el siguiente
orden: largo popa, largo proa, luego se desabraca la nave y a 2 metros
del sitio de atraque se da avante la máquina y/o motor fuera borda.
d)
Bandas de Atraque: Se permitirá el atraque sólo a embarcaciones
menores de hasta 10 AB en ambas bandas laterales.
2)
Maniobras Simultáneas:
Se permite el atraque de máximo 2 embarcaciones en cada banda lateral,
sólo si las condiciones de marea y oleaje lo permiten, previa autorización de
la Autoridad Marítima Local.
3)
Maniobras de Abarloamiento:
No autorizado. Se debe esperar a la gira, en las cercanías, un sitio para
descarga.
4)
Rancho de naves:
No están autorizadas las faenas de rancho de combustible por vehículos o
camiones, debiendo solo realizar faenas a estanques de combustible de
motores fuera de borda en forma manual.
...
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