Resolución nº 12.600/241 D.G.T.M. Y M.M., 20-11-2018
Fecha de la decisión | 20 Noviembre 2018 |
Fecha de publicación | 20 Noviembre 2018 |
Número de resolución | 12.600/241/18 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
Av. Pedro Montt N.º 85 Castro. Teléfonos: (56-65) 2561248. e-mail: servicioscpcso@directemar.cl
Capitanía de Puerto de Castro – Departamento de Intereses Marítimos y Preservación del Medio Ambiente Acuático
C.P.CAS. ORD. N° 12600/ 241 /18.
REF.: HABILITA TERMINAL MULTIPROPÓSITO
Y RAMPA DE TRANSBORDADORES DE
LA EMPRESA PORTUARIA DE CASTRO.
CASTRO, 20 de noviembre 2018.
VISTO: Las atribuciones que me confiere lo establecido en D. L. N° 2.222 del
21 de mayo de 1978, “Ley de Navegación”; D. F. L. N° 292 del 25 de julio de 1953, “Ley
Organica de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante”; D. S. N°
1.340/53, Reglamento General de Orden Seguridad y Disciplina en Naves y Litoral de la
República; D. S. (M) N° 397 del 08 de mayo de 1985, Reglamento de Practicaje y Pilotaje;
D. I. M. y M. A. A. ORD. N° 12600/373 del 28 de octubre de 2002; Aprobación de Estudio
de Maniobrabilidad D. I. M. y M. A. A. ORD. 12600/03/291/VRS, del 07 de marzo de 2011;
el pronunciamiento de cuerpo de Prácticos de la Gobernación Marítima de Puerto Montt y
teniendo presente las atribuciones que me confiere la reglamentación vigente,
R E S U E L V O :
HABILÍTASE, Sitio de atraque y Rampa de Transbordadores de la Empresa
Portuaria Emportmontt Castro, los cuales poseen las siguientes definiciones, caracteristicas
y condiciones de operación.
DÉJESE, sin efecto la Resord. C. P. CAS. N° 12.600/35/11 de fecha 23 de
marzo 2011 que “Habilita Terminal Multipropósito y Rampa de Transbordadores de la
Empresa Portuaria de Castro”.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, a quienes corresponda para su conocimiento y
cumplimiento.
(ORIGINAL FIRMADO)
GUIDO FUENTES ZURITA
CAPITÁN DE CORBETA LT
CAPITÁN DE PUERTO DE CASTRO
Distribución:
1.- EMPORCAS.
2.- EMPORTMONTT.
3.- C. J. Va Z. N. (info)
4.- DIRSOMAR
5.- DIRINMAR
6.- SHOA.
7.- G. M. CASTRO.
8.- PUERTOS Y TERMINALES (DIM Y MAA)
9.- DEPTO. OPER. G. M. CASTRO.
10.- DEPTO. OPER. C. P. CASTRO.
11.- OF. PRACTICOS PMO.
12.- ARCHIVO.
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ANEXO “A”
I.- GENERALIDADES:
1. NOMBRE DEL PUERTO: Terminal Multipropósito de Castro.
2. DESCRIPCIÓN GENERAL: Muelle transparente de 70,4 m. por 12,4 m. de ancho,
estructurado en base a 56 pilotes de acero hincados (verticales y diagonales), vigas
transversales y longituddinales de acero, que soportan losotas prefabricadas de 15 cm.
de espesor, sobre las cuales se considera una losa de hormigon H35 in-situ de 15 cm.
Sobre el delantal de muelle se han instalado 6 bitas de amarre numeradas de Norte a
Sur de capacidad de 50 toneladas de tiro cada una.
3. UBICACIÓN GEOGRÁFICA: El puerto comercial de la Empresa Portuaria de
Castro se encuentra situado en la Décima Región de los Lagos, capital de la comuna de
Castro, de la provincia de Chiloé en el archipiélago de Chiloé, en la siguiente ubicación
geográfica:
Latitud 42°28'54” S y Longitud 073°45'30” W.
4. PROPIEDAD: Empresa Portuaria de Puerto Montt.
5. ESTACIÓN DE ESPERA DE PRÁCTICOS: El área de desembarco de prácticos de
puerto para las naves que zarpan está ubicado al Sureste y a 9 cables de la luz del
muelle Fiscal. Solo los prácticos de Canales que vienen a bordo de las naves
pueden ejecutar estas maniobras.
6. PUNTOS DE FONDEO A LA GIRA (CARTA SHOA N° 7372): Se encuentra
recomendado un sitio de fondeo a la gira, hacia el E y enfrente de la punta Tentén con
profundidades entre 18 y 20 metros.
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7. LÍMITES DEL PUERTO: Paralelo de latitud 42°28'54” W. Puerto de Castro, carta 7372
SHOA, se forma entre las puntas Tentén, Castro y sobre la costa W. del estero del
mismo nombre. Es un puerto pequeño que mide aproximadamente 3 cables de ancho
en la boca por 4 cables de saco dirigido al NW. a media distancia entre las puntas de
entrada, Castro y Tentén, la sonda es de 12,6 metros de agua, profundidad que decrece
gradualmente a 8,2 metros, a una distancia de 1,5 cables más al interior.
8. CARACTERISTICAS METEOROLÓGICAS Y AMBIENTALES GENERALES DEL
PUERTO (Derrota SHOA, Volumen II): De acuerdo a la información del Derrotero de la
Costa de Chile, Volumen II, en las costas de la región, las nieblas son en general
fracuentes; pueden producirse en cualquier mes y día del año. Se ha observado sin
embargo que su mayor ocurrecia se producen en los meses de otoño e invierno. Los
vientos del N. y NW. traen por lo general nieblas y brumas que duran a veces varios
días, cerrando por completo la entrada a puerto.
9. SITIOS O FRENTES DE ATRAQUE Y BOYAS: El muelle de carga general operará en
la transferencia de carga del sector productivo de la región, principalmente a través
de gruas móviles que se desplazarán sobre la plataforma del muelle, considerando que
los pescantes y plumas que disponen las embarcaciones, su utilización es limitada
debido a la gran diferencia de marea que efecta el área portuaria.
FONDEO
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La operación de cruceros de tamaño hasta 125 metros de eslora, podrán atracar en las
instalaciones que se han diseñado para este fin, movilizando a los pasajeros en un área
segura con asistencia de un terminal adecuado.
Los cruceros con eslora superior a los 125 metros desembracaran sus pasajeros por
medio de sus propias embarcaciones tipo “tender” las que atracan en un embarcadero
especialmente asignado dentro del área portuaria. Se adjunta datos estadísticos de
recaladas de cruceros en el puerto de Castro.
10. CONDICIONES LIMITES PARA LAS NAVE:
a. Condición calma
Sobre la base de las condiciones de tiempo expuestas en los estudios de viento,
anexo A, se considera condición de calma, cuando la magnitud el viento decualquier
dirección en el rango de 0 a 9 nudos, con una altural inferior a 0,3 metros y valor
promedio de corriente de 0,20 nudos dirección SE.
b. Condición normal
Como condición normal para maniobras de amarra, se considera cuando el viento
preponderante sea del tercer y/o cuarto cuadrante, se encuentre en el rango entre 9
y 25 nudos, con una altura de la ola en el rango de 0,5 a0,7 metros y valor promedio
de corriente de 0.35 nudos dirección SE.
c. Condición extrema
Como condición extrema se considera cuando la velocidad del viento se encuentre
en el rango de 25 a 35 nudos y la altura de la ola no sobrepase 1,0 metros en
forma constante. Valor máximo de la corriente de 1.0 nudos dirección SE. En el
período de sicigia.
Con vientos superiores a 25 nudos, se deberá evaluar la situación, dependiendo del
tamaño de la nave y las condiciones de mar.
11. CONDICIONES...
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