Resolución nº 12.600/42 D.G.T.M. Y M.M., 13-02-2013 - Normativa - VLEX 927121878

Resolución nº 12.600/42 D.G.T.M. Y M.M., 13-02-2013

Fecha de la decisión13 Febrero 2013
Número de resolución12.600/42
Fecha de publicación13 Febrero 2013
EmisorDirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR)
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C.P. VLD ORDINARIO N° 12.600/42  VRS. 

 

HABILITA LA NAVEGACIÓN EN EL RÍO 
VALDIVIA Y SUS AFLUENTES.
 

 
 
 
VALDIVIA, 13 de febrero de 2013. 
 
 
 
 

VISTOS, lo dispuesto en el D.L. (M) N° 2.222 del 21 de Mayo de 1978; 

“Ley de Navegación”; el D.S. (M) N° 1.340 del 14 de Junio de 1941, “Reglamento General 
de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la República"; el D.F.L. (M) N° 
292, del 25 de Julio de 1953, “Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo 
y de Marina Mercante”; el D.S. N° 146 de 1987 “Reglamento para la Construcción, 
Reparaciones y Conservación de las Naves Mercantes y Especiales Mayores y de 
Artefactos Navales, sus Inspecciones y su Reconocimiento”, 

 
 
 

R E S U E L V O: 

 
 
 

I.-                             HABILÍTASE, la navegación por el Río Valdivia y sus afluentes bajo 
las  siguientes condiciones de seguridad: 

 
 
 

RECOMENDACIONES    GENERALES    PARA    LA    NAVEGACIÓN    DEL        RÍO 
VALDIVIA Y SUS AFLUENTES:
 

 
 
 

1)  La profundidad del río Valdivia es variable, caracterizándose por bancos de arenas, los 

cuales están indicados en las cartas SHOA N° 6251 y 6254, por lo que sólo está 
permitido un calado   de 3.8 metros; ahora bien si el calado de la nave supera los 3.8 
metros, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Punto N° II de la presente 
resolución. 

 

2)  Las  naves  que  naveguen  el  Río  Valdivia  y  sus  afluentes,  deberán  tener  especial 

atención al gobierno de la nave cuando exista marea vaciante y se navegue a favor de 
ella; por cuanto, las corrientes medias que se aprecian en los cauces de agua en 
invierno alcanzan los cuatro nudos, pudiendo particularmente llegar a ser mayores con 
vaciante o luego de lluvias intensas, alcanzando una velocidad aproximada de hasta 
seis nudos, acarreando gran cantidad de sedimentos y troncos, por lo que se hace 
recomendable navegar siempre con precaución. 

 

3)  El Río Valdivia está convenientemente señalizado por balizas ciegas y luminosas para 

la navegación nocturna de tráfico menor, las características de estas balizas aparecen 
detalladas en la Lista de Faros y Cartas SHOA N° 6251 y 6254, por lo que se 
recomienda a las naves navegar por sectores que posean levantamiento hidrográfico. 

 

4)  En lo que respecta a la navegación en la Bahía de Corral, las naves de turismo no 

deberán sobrepasar los límites del puerto, establecidos con una línea imaginaria que 
une Punta San Carlos por el Sur y Punta Molinos por el Norte y que se encuentra 
detallada en Carta SHOA Nº 6241. 

 

5)  Para  la  navegación  nocturna,  se  restringe  solo  cuando  exista  baja  visibilidad  por 

cerrazón de neblina a naves que cuenten con radar. 

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C.P.VLD. ORD. N° 12.600/42 VRS.

 

DE FECHA, 13 FEB 2013. 

 
 
 
 
 
 
 

6)  Especial precaución, se debe tener con los bancos de niebla, que son frecuentes entre 

los meses de Mayo y Agosto, por lo que se deberá emitir las señales de seguridad que 
prescribe el Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes de 1972, pues el tráfico 
de remolcadores y embarcaciones menores continúa para las naves que posean radar, 
siempre y cuando la Autoridad Marítima previa evaluación, no disponga otra restricción 
al respecto. 

 
 
 

7) Conforme al párrafo anterior, los Clubes de Remos no podrán efectuar prácticas, 

debiendo informar a sus alumnos que se encuentran en entrenamiento de remo la 
prohibición de seguir efectuando prácticas y restituirse al Club. 

 
 
 

8)  Se deberá tener precaución cuando se navegue el Río Valdivia y sus afluentes con el 

oleaje  producido  por  el  desplazamiento  y  la  velocidad  de  la  nave,  lo  que  puede 
provocar el volcamiento de embarcaciones menores, golpes de estas contra muelles, 
malecones o caída de personas que se encuentren abordo o sobre las estructuras de 
las pisciculturas del sector, especialmente entre la ribera norte de Isla del Rey, Club de 
Yates Valdivia y Club de Remos Fénix, restringiéndose la velocidad máxima en el 
sector a cuatro nudos. 

 
 
9)  No existe lugar recomendado para fondear a la gira en el Río Valdivia; sin embargo, 

existen facilidades para el atraque de naves de hasta 126 metros de eslora en muelle 
Las Mulatas perteneciente a Portuaria Corral S.A., el que cuenta con cancha de 
almacenamiento para operaciones de carga y descarga. 

 
 
 

10)La  navegación  por  el  Canal  Haverbeck  está  autorizada  con  las  restricciones  que 

impone la carta SHOA N° 6254, debiendo la velocidad de las naves, no ser superior a 
tres nudos. 

 
 
 

11)Las Áreas para la práctica de Deportes Náuticos en el Río Valdivia y sus afluentes está 

normada por Resolución C.P.VLD. ORD. N° 12.400/5 de fecha 10 de Mayo de 2004. 

 
 
 

12)Está permitida la navegación comercial entre el muelle de pasajeros de Niebla y el 

Puente Pedro de Valdivia, con las restricciones de calado hasta 3.8 metros, pero, se 
deberá tener especial preocupación al navegar en los siguientes sectores del Río 
Valdivia: 

 
 
 

a)  A lo largo del curso del Río, existe un molo sumergido por ambas riveras que está 

indicado en las cartas de navegación. 

 
 
 

b)  Frente a la baliza luminosa N° 5 “Halcones Chicos”, se encuentra encallado el casco 

del EX – VAPOR “CANELO”, del que se aprecia solo el mástil y a un costado, la 
baliza luminosa Ex – Vapor Canelo, N° 6, que lo señaliza, por lo que se recomienda 
navegar equidistante de ambas señales al cruzar a la cuadra. 

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C.P.VLD. ORD. N° 12.600/42 VRS.

 

DE FECHA   13 FEB 2013.  

 
 
 
 

c)  Río Valdivia, se han producido embancamientos, por lo que se recomienda navegar 

con precaución: 

 

Río Valdivia, frente a baliza N° 310 ”Desembocadura Río Valdivia” y baliza luminosa 
N° 1 estribor. 

 

Entre a baliza luminosa Ex Vapor Canelo N° 6 y la baliza luminosa Brieva N° 9. 

 

Frente a Isla Sofía, entre la baliza luminosa Sara N° 14 y San Francisco N° 15. 

 

Frente la entrada del Río Guacamayo, entre baliza luminosa N° 22 babor y baliza 
luminosa N° 21 estribor. 

 

En  entrada  a  Canal  Haverbeck  y  frente  al  Puente  Cruces,  paso  Lido,  baliza 

luminosa N° 22 estribor, al ingresar a la ciudad de Valdivia. 

 

En Río Caucau, frente a baliza luminosa del mismo nombre, se recomienda navegar 
apegado a Isla Teja, luego seguir la navegación a medio canal. 

 
 
 

II.-  

ESTABLÉZCASE,   las   siguientes   condiciones   y   circunstancias   de 

navegación para los Ríos Valdivia, Cruces, Callecalle y Caucau: 

 
 
 

A) 

NAVEGACIÓN   RÍOS   VALDIVIA,   CRUCES   Y   CAUCAU,   PARA   NAVES   CON 

MANIOBRA RESTRINGIDA. 

 
 
 

1)  

AUTORÍZASE, la navegación por los Ríos Valdivia, Cruces y CauCau 

a naves con MANIOBRABILIDAD RESTRINGIDA en horario diurno, es decir, entre orto 
y el ocaso, con un calado superior a 3.8 metros, y/o cuya altura máxima sea de 18 
metros bajo el puente Cruces, medidos desde la línea de agua a la perilla del mástil 
más elevado, bajo las siguientes circunstancias y condiciones de seguridad: 

 

1.1. Solicitar   autorización   a   la   Autoridad   Marítima   de   Valdivia...

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