Resolución nº 12.600/419 D.G.T.M. Y M.M., 22-10-2018
Fecha de la decisión | 22 Octubre 2018 |
Número de resolución | 12.600/419 |
Fecha de publicación | 22 Octubre 2018 |
Emisor | D.G.T.M. Y M.M.,Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
ARMADA DE CHILE
DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO
MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE
DEPTO. ADQUISICIONES
D.G.T.M. Y MM. ORDINARIO N° 12.600/419 Vrs.
DELEGA FACULTADES AL OFICIAL QUE SE
INDICA,
PARA LOS EFECTOS QUE SE
SEÑALAN.
VALPARAÍSO, 22 DE OCTUBRE DE 2018.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 10° del DFL. N° 292, del año
1953, Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina
Mercante; el artículo 6° del Decreto Ley N° 2.222, del año 1978, sobre Ley de
Navegación; los artículos 3°, 5°, 8° y 41° del D.F.L. N° 1, del año 2001, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado, y teniendo presente las atribuciones
que confieren las disposiciones legales vigentes,
C O N S I D E R A N D O :
1.-
Que, conforme al Decreto Supremo (M) N° 991, de 1987, que fija la
jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas y Capitanías de Puerto, en el cual
señala que el Capitán de Puerto de Calbuco, dependiente de la Gobernación
Marítima de Puerto Montt, ejerce jurisdicción en la ribera sur del continente, sector
de Pargua, Punta Barranco.
2.-
Que, de acuerdo al decreto antes mencionado, corresponde a la Capitanía
de Puerto de Ancud, dependiente de la Gobernación Marítima de Castro, ejercer
jurisdicción en la ribera norte de la Isla de Chiloé, entre Punta Gallao y Punta
Remolino.
3.-
Que, conforme al proyecto “Diseño y Construcción del Puente Chacao”,
entre los dos puntos geográficos señalados en los considerandos precedentes, se
procederá a la construcción del Puente Chacao que unirá el continente con la Isla
Grande de Chiloé.
4.-
Que, dado el alto grado de prioridad que le ha otorgado el Gobierno de
Chile a la construcción del Puente Chacao, se hace imperioso agilizar y hacer más
expedito el proceso de toma de decisiones dentro del ámbito de competencia de la
Autoridad Marítima, en todo cuanto diga relación con la construcción del citado
puente y/o de la navegación en el Canal Chacao durante su construcción, se hace
necesario designar un delegado de las Autoridades Marítimas de Puerto Montt y
Castro, que centralice todas las solicitudes y/o trámites referentes a estas materias
y las canalice hacia la Autoridad Marítima que corresponda resolverlas.
5.-
Que, la delegación de facultades en funcionarios dependientes permite
una eficiente e idónea administración de los medios públicos en cumplimiento de las
funciones y tareas propias del quehacer marítimo nacional,
DGTM Y MM. ORD. N° 12.600/419
FECHA: 22.OCT.2018
HOJA...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba