Resolución nº 12.000/21 D.G.T.M. Y M.M., 19-03-2012
Fecha de la decisión | 19 Marzo 2012 |
Número de resolución | 12.000/21 |
Fecha de publicación | 19 Marzo 2012 |
Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
CAPITANÍA DE PUERTO DE CORRAL – DEPARTAMENTO DE OPERACIONES
C. P. COR. ORD. N° 12.000/ 21 / VRS.-
OBJ.: ESTABLECE
HABILITACIÓN,
CARACTERÍSTICAS Y NORMAS
DE OPERACIÓN DEL PUERTO Y
BAHÍA DE CORRAL.
REF.: D.I.M Y M.A.A. ORD. N°
12.600/514/VRS DE FECHA 02 DE
MAYO DEL 2006.-
CORRAL, 19 MARZO 2012
VISTO, el Decreto Supremo (M.) Nº 91 de fecha 26 de Octubre de
1987, que fija la Jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas y Capitanías de
Puerto de la República, Ley de Navegación, aprobado por D.L. (M) Nº 2.222 del 21
de Mayo de 1978, el DFL 292 del 25 de Julio de 1953, Decreto Supremo (M) N°
1.340 Reglamento General de Orden Seguridad y Disciplina en Naves y Litoral de
la República, Decreto Supremo N° 1 de fecha 18 de Noviembre de 1992,
Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, , Resolución D.I.M. y
M.A.A. ORD. N° 12.600/514/VRS de fecha 02 de Mayo del 2006 que Aprueba
Estudio de Maniobrabilidad Muelle Comercial de Corral, Directiva A-31/001,
aprobado por DGTM Y MM ORD. N° 3150/18VRS de fecha 03 de Noviembre de
2006 y las atribuciones que me confiere la reglamentación vigente.
RESUELVO:
A contar de esta fecha, se establecen las siguientes características, y
normas de operación en el muelle y zona de fondeo del Puerto de Corral.
DESCRIPCIÓN GENERAL PUERTO DE CORRAL Y BAHÍA CORRAL
a) Nombre del puerto o terminal
Muelle Comercial de Corral.
b) Tipo de Puerto
Puerto Corral : Carga General
c) Número de sitios de atraque
01
d) Número de Boyas de amarre
03
BOYA SUR
L: 39º 52` 35” S G: 073º 25` 12” W
BOYA NORTE:
L: 39º 52` 22” S G: 073º 25` 10” W
BOYA ESTE
L: 39º 52` 32” S G: 073º 25` 04” W
e) Ubicación geográfica
Bahía Corral
Latitud 39° 25’ 28” Sur.
Longitud 073° 25’ 12” Weste
f) Propietarios
Empresa Portuaria de Corral S.A.
CAPITANÍA DE PUERTO DE CORRAL – DEPARTAMENTO DE OPERACIONES
I.- PUERTO DE CORRAL
1.- SITIOS DE ATRAQUE PUERTO DE CORRAL:
1.1 Puerto de Corral: Muelle Comercial de Corral
a) Extensión
146 mts.
b) Orientación
Norte/Sur
c) Enfilaciones
Si
d) Profundidad muelle
14 mts
e) Máxima eslora permitida
229 mts.
f) Bitas de amarre
09 bitas
g) T.R.G. permitido
70.000 T.R.G.
h) Condiciones particulares de maniobra
El atraque deberá ser por Babor.
i) Calado de llegada nave
8.0 mts.
j) Calado de salida nave
12.2 mts.
k) Manga 35mts.
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2. Establece Área para Embarco y Desembarco de Prácticos:
a)
Fijase, la siguiente área geográfica como “Zona de espera y
transferencia de Prácticos (cuadro de color azul pintado en carta
náutica N° 6241) para las naves nacionales y extranjeras que
recalen o ingresen a la Bahía de Corral y/o Muelle Comercial de
Corral, y está determinada por los siguientes puntos geográficos:
LATITUD
LONGITUD
L: 39º 51’ 30’’ SUR
G: 073º 25’ 00’’ WESTE
L: 39º 51’ 55’’ SUR
G: 073º 25’ 00’’ WESTE
L: 39º 51’ 55’’ SUR
G: 073º 24’ 30’’ WESTE
L: 39º 51’ 30’’ SUR
G: 073º 24’ 30’’ WESTE
b)
Fijase, el área delimitada por los siguientes puntos geográficos, como
“Área de Desembarco de Prácticos” (cuadro de color rojo pintado
en carta náutica N° 6241), en cumplimiento a la resolución D.G.T.M.
y MM. Nº 12.600/481 VRS., de fecha 12 de Marzo de 1992.
LATITUD
LONGITUD
L: 39º 51’ 55’’ SUR
G: 073º 25’ 00’’ WESTE
L: 39º 51’ 55’’ SUR
G: 073º 24’ 30’’ WESTE
L: 39º 52’ 15’’ SUR
G: 073º 25’ 00’’ WESTE
L: 39º 52’ 15’’ SUR
G: 073º 24’ 30’’ WESTE
c)
Fijase, el área delimitada por los siguientes puntos geográficos, como
“Área de Fondeo a la Gira sin Práctico” (cuadro de color verde
pintado en carta náutica N° 6241), en el Puerto de Corral con una
sonda de 14 y 15 metros de profundidad.
LATITUD
LONGITUD
L: 39º 51’ 15’’ SUR
G: 073º 25’ 06’’ WESTE
L: 39º 51’ 30’’ SUR
G: 073º 25’ 06’’ WESTE
L: 39º 51’ 30’’ SUR
G: 073º 24’ 25’’ WESTE
L: 39º 51’ 15’’ SUR
G: 073º 24’ 25’’ WESTE
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Carta SHOA N° 6241
2.1
Límites del Puerto:
El límite del Puerto de Corral, establecido por resolución D.G.T.M. y
MM. Ord. Nº 12.600/410 VRS., de fecha 27 de Octubre de 1986,
comprende al área interior formada por una línea que une Punta Los
Molinos con Punta San Carlos, (Carta SHOA N° 6241).
CAPITANÍA DE PUERTO DE CORRAL – DEPARTAMENTO DE OPERACIONES
2.2
Fondeaderos para naves mercantes en Bahía de Corral
a) Con el propósito de dejar libre el área de maniobra de las naves que
entran o salen del Puerto de Corral, los buques que fondeen a la gira
deberán hacerlo en la zona destinada para ello y deberán considerar el
radio de borneo con que éstas quedarán, objeto no afectar la
maniobrabilidad de otras naves que puedan estar fondeadas en esa
zona.
b) Todas las naves que fondeen a la gira solicitarán la autorización
correspondiente a la Capitanía de Puerto de Corral (CBT-26),
informando posteriormente su posición final de fondeo (demarcación
verdadera y distancia al faro Niebla).
c) Cuando una nave requiera desplazarse dentro de los límites de la bahía
o zarpar fuera de ella, deberá solicitar la autorización correspondiente
por canal 16 VHF a la Capitanía de Puerto de Corral (CBT-26).
d) Cabe señalar que toda Nave de Pasajeros o Motonave que arribe a la
Bahía de Corral deberá Fondear fuera de los Límites de Puerto y no en
la Zona de espera de Práctico.
OBSERVACIONES:
a) Toda nave que fondee en la Bahía de Corral, deberá poseer la carta
náutica actualizada de la bahía (SHOA 6241). Siendo responsabilidad
de la Agencia que represente a la nave, la provisión oportuna de este
elemento de apoyo náutico.
3.- LIMITACIONES OPERACIONALES:
3.1. Puerto de Corral – Muelle Comercial de Corral:
a) Maniobras nocturnas
No
b) Limitaciones por lluvias
No (excepto cuando afecte la visibilidad).
c) Limitaciones por marejadas
Si
d) Limitaciones por niebla
No se deberá maniobrar con neblina, que
impida ver las enfilaciones, lo que implica
que para ingresar se debe tener un mínimo
de 2 Millas Náuticas y para salir un mínimo
de 1 Milla Náutica de visibilidad.
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