Resolución de inicio de investigación sobre dquisición de control en Tritec-Intervento SpA por parte de Icafal Inversiones S.A., 06-06-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 906517344

Resolución de inicio de investigación sobre dquisición de control en Tritec-Intervento SpA por parte de Icafal Inversiones S.A., 06-06-2022

Fecha06 Junio 2022
Fecha de publicación15 Junio 2022
Tipo de AsuntoConcentraciones o Integraciones
Santiago, 6 de junio de 2022
VISTOS:
1. La presentación de fecha 24 de mayo de 2022, correspondiente al correlativo de
ingreso N°25.614-22 (“Notificación”), en virtud de la cual Tritec-Intervento SpA
(“Tritec Intervento”), Tritec Holding SpA (“Tritec Holding”) e Icafal Inversiones S.A.
(“Icafal Inversiones”, y junto con Tritec Intervento y Tritec Holding, “Partes”)
notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de
concentración consistente en la eventual adquisición por parte de Icafal Inversiones
de acciones que representan el 35% del capital emitido y suscrito de Tritec
Intervento, junto con la obtención de ciertos derechos que permitirán a la primera
ejercer un control negativo sobre la segunda (“Operación”).
2. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley
N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus
modificaciones posteriores (“DL 211”).
3. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de
Concentración de fecha 7 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial el día 2
de noviembre de 2021.
CONSIDERANDO:
1. Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una
operación de concentración de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47
del DL 211, al adquirir Icafal Inversiones derechos que le permitirían influir
decisivamente en la administración de Tritec Intervento.
2. Que del análisis de la Notificación es posible concluir que ésta se encuentra
completa.
3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que
la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar
resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del
artículo 50 del DL 211.
RESUELVO:
1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F316-2022.
2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo
electrónico de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F316-2022.
FRANCISCA LEVIN VISIC
JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES
BAY
Francisca
Levin
Firmado digitalmente
por Francisca Levin
Fecha: 2022.06.06
15:44:53 -04'00'

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