Resolución de inicio de investigación - 9 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 971621342

Resolución de inicio de investigación

Número de registroCVE-2418529
Fecha de publicación09 Diciembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorCOMISIÓN DE DISTORSIONES
Número de Gaceta43.721
CVE 2418529 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.721 | Sábado 9 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2418529
COMISIÓN DE DISTORSIONES
COMISIÓN NACIONAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA EXISTENCIA DE
DISTORSIONES EN EL PRECIO DE LAS MERCADERÍAS IMPORTADAS
La Comisión, en su Sesión Nº 436, celebrada el 28 de noviembre de 2023, en virtud de lo
previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 18.525 y el artículo 5 del Acuerdo relativo a la aplicación
Nº 16/95 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 17.05.95),
resolvió iniciar de oficio una investigación por eventual dumping en los precios de importación
de barras de acero para la fabricación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior a
4 pulgadas. A su vez, en virtud de lo previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 18.525 y el artículo 5
del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio de 1994 (Decreto Nº 16/95 del Ministerio de Relaciones Exteriores,
publicado en el Diario Oficial del 17.05.95), resolvió iniciar una investigación por eventual
dumping en los precios de importación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior
a 4 pulgadas en virtud de la solicitud presentada por Moly Cop.
Extracto de los Antecedentes relativos a la investigación por eventual dumping en los
precios de importación de barras de acero para la fabricación de bolas para molienda
convencional de diámetro inferior a 4 pulgadas
a) Fecha de inicio de la investigación: Fecha de publicación del presente aviso.
b) Producto investigado: Barras de acero para fabricación de bolas para molienda
convencional de diámetro inferior a 4 pulgadas, clasificadas en el código arancelario 7228.3000
del Sistema Armonizado Chileno.
c) País de origen: República Popular China.
d) Base de la alegación del dumping denunciado: Dado que el alambrón y las barras de
acero comparten una similar estructura de costos, se considera como indicio de dumping que los
precios de exportación del alambrón de acero de origen chino sean menores a los precios de
exportación de alambrón de acero de origen en Turquía y Latinoamérica. Índice de precios
CRUspi Longs mayor al índice de precios CRUspi Asia (influenciado mayormente por el acero
de origen chino).
e) Factores en que se basan el daño y la amenaza de daño a la rama de la producción
nacional: Caída en los precios de venta nacional, caída en la producción nacional, caída en el
margen operacional, caída en las ventas del producto nacional en el mercado doméstico.
Extracto de los Antecedentes relativos a la investigación por eventual dumping en los
precios de importación de bolas para molienda convencional de diámetro inferior a 4
pulgadas
a) Fecha de inicio de la investigación: Fecha de publicación del presente aviso.
b) Producto denunciado: Bolas para molienda convencional de diámetro inferior a 4
pulgadas, clasificadas en el código arancelario 7326.1111 del Sistema Armonizado Chileno.
c) País de origen: República Popular China.
d) Base de la alegación del dumping denunciado: Precio de exportación EXW reconstruido
en base a precios CIF registrados por el Servicio Nacional de Aduanas, descontados los costos de
puesta en el puerto, fobbing, transporte marítimo y seguro, sería menor que el valor normal EXW
reconstruido en base a datos aportados en la denuncia.
e) Factores en que se basan el daño y la amenaza de daño a la rama de la producción
nacional: caída en producción; caída en los precios, disminución de las ventas; caída de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR